Detalle de la norma NE-14-2007-DGA
Nota Externa Nro. 14 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2007
Asunto Publicación de Valores Criterio de carácter preventivo
Boletín Oficial
31105 Fecha: 28/02/2007
Detalle de la norma
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Nota Externa Nº 14/2007

Publicación de Valores Criterio de carácter preventivo.

Bs. As., 26/2/2007

VISTO la actuación Nº 13289 - 3531 -2007 y la Resolución General N° 1907 por la que se prevé que la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS comunicará los valores criterio de carácter precautorio, establecidos para enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en la importación de mercaderías.

Que, en función de las prioridades surgidas de las tareas de evaluación de riesgos que efectúa la Subdirección General de Control Aduanero, se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo I, en el que se han considerado fuentes de información internas y externas previstas en el Anexo IV punto I) de la Resolución General N° 1907.

Que las entidades representativas del sector de juguetes, tanto de la producción nacional como de importación, han presentado una propuesta consensuada de valores criterio.

Que como resultado de los estudios practicados, la Dirección Gestión del Riesgo, ha elaborado un informe sobre los valores criterio de determinadas mercaderías, motivando la modificación de los mismos.

Que dicha Dirección ha fundamentado su informe sobre la base de estudios comparativos efectuados sobre mercaderías de similares características.

Que tal informe cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Control Aduanero y se encuentra en consonancia con la presentación realizada por los sectores del comercio.

Que en cumplimiento de lo establecido en el Anexo IV, punto IV) de la Resolución General N° 1907 y en ejercicio de la facultad conferida por el Artículo 9 Apartado 2 Inciso a) del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997;

se INSTRUYE:

1. — Hacer saber los valores criterio que figuran en el Anexo I (Listado de Mercaderías con modificación de valores criterio) y Anexo II (Origen de las mercaderías), establecidos en el ámbito de esta DIRECCION GENERAL.

2. — Aplicar la presente a las solicitudes de Destinaciones de Importación para Consumo que se oficialicen a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

3. — Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido archívese. — Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.

Anexo I

Listado de Mercaderías

P.ANCM

Descripción de la Mercadería

FOB U

U

Origen

9502.10.10

Muñecas y muñecos, incluso vestidos, con mecanismos a cuerda o eléctrico, de plástico.

7,00

Kg

GR4

Anexo II

Países de Origen

Grupo 4

308 COREA DEMOCRATICA

309 COREA REPUBLICANA

310 CHINA

331 EMIRATOS ARABES UNIDOS

312 FILIPINAS

341 HONG KONG

315 INDIA

316 INDONESIA

319 ISRAEL

326 MALASIA

332 PAKISTAN

313 TAIWAN

335 THAILANDIA

333 SINGAPUR

337 VIETNAM

 

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