Detalle de la norma NE-14-2006-SGCA
Nota Externa Nro. 14 Subdirección General de Control Aduanero
Organismo Subdirección General de Control Aduanero
Año 2006
Asunto Régimen de Origen MERCOSUR
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Bol/Oficial
Nota Externa Nº 14 18/09/2006 Fecha: 20/09/2006
 
Dependencia: NE-14-2006-AFIP
Tema: SUBDIRECCION GENERAL DE CONTROL ADUANERO
Asunto: Ref. P.A.N.C.M. 6205.20.00 del Anexo I “E” de la Instrucción General 016/02 (SDGLTA)
 

De acuerdo con las Instrucciones Generales Nº 009 (SDGLTA) de fecha 17 de Febrero de 1999 y Nº 016 (SDGLTA) de fecha 07 de marzo de 2002, relativas al Régimen de Origen MERCOSUR – ACE 18, ACE 35 y ACE 36, y teniendo en cuenta la Nota A.O.M Nº 211 a fs. 3 del 15 de Agosto de 2006 del Area Origen de Mercaderías dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, caratulada por Actuación Nº 13668- 53 -2006, se hace saber que para las exportaciones de la REPUBLICA DEL PARAGUAY de los productos clasificados en la PA N.C.M 6205.20.00, efectuadas por la firma “MANUFACTURA DE PILAR S.A”, se proceda a la devolución de las garantías constituidas y al libramiento de las importaciones que se realicen, sin la exigencia de dicho requisito, y en consecuencia excluirla de las medidas dispuestas por las citadas Instrucciones, en virtud a que se ha evaluado la documentación correspondiente a la mencionada firma exportadora.

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese. — Dra. MARIA SILVINA TIRABASSI, Subdirectora General de Control Aduanero, Dirección General de Aduanas.