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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Nota Externa Nº 14 |
17/11/2006 |
Fecha: |
21/11/2006 |
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Dependencia: |
NE-14-2006-DGA |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
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Asunto: |
Suspensión de la certificación
prevista por
la
Resolución SIC y M N° 897/99 |
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VISTO la comunicación efectuada por
la Secretaría de Defensa
del Consumidor a través de
la
Nota de fecha 3 de agosto ppdo. recaída en
la Actuación Nº 13289 -
24127 - 2006, donde se señala que no resulta necesaria la intervención previa
de
la Dirección
de Lealtad Comercial, prevista en
la Resolución SICyM
Nº 897 de fecha 6 de diciembre de 1999, para el caso de ingreso de
mercaderías alcanzadas por el régimen de seguridad que deben cumplir los
ascensores y sus componentes, se comunica que: |
Para
oficializar destinaciones definitivas de importación a consumo de cables y
perfiles de acero, del tipo de los utilizados en ascensores, montacargas y
otros medios de elevación, con arreglo a lo señalado en el párrafo
precedente, los importadores deberán hacer uso de la opción “
LA MERCADERIA SERA
UTILIZADA EN
LA
FABRICACION O MANTENIMIENTO DE ASCENSORES” que se presenta en
la pantalla de la terminal del SIM, lo cual quedará reflejado en el campo “Opciones
/ Ventajas” del Formulario OM- 1993 SIM con la codificación HORMI2 = SI. |
A
esos efectos los interesados deberán previamente solicitar por escrito por
ante el Departamento Técnica de Importación, el alta en la lista
correspondiente del SIM de su Clave Unica de Identificación Tributaria
(CUIT), debiendo acompañar a la solicitud, además de
la Constancia de
Inscripción ante
la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP),
documentación fehaciente que acredite en forma indubitable que se trata de
una empresa vinculada a la fabricación, reparación o mantenimiento de ascensores
o elevadores. |
Regístrese,
comuníquese, publíquese en el Boletín de
la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS, dése a
la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación
y archívese. — Dr. JORGE ROBERTO DE CICCO, Subdirector General Técnico Legal
Aduanero de la DGA. |
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