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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Nota Externa N° 13 |
15/02/2008 |
Fecha: |
19/02/2008 |
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Dependencia: |
NE-13-2008-DGA |
Tema |
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Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Nota Externa Nº 24/07 (DGA). Zona de
Vigilancia Especial. Dirección Regional Aduanera Salta. Prórroga Nota
Externa Nº 03/08 (DGA). |
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VISTO
la
Resolución General Nº
2048 AFIP, modificatoria de
la Resolución Nº 697/1986 (Ex - ANA), que
reglamenta el funcionamiento de
la
Zona de Vigilancia Especial, y las cantidades máximas establecidas
en
la Nota Externa
Nº 24/07 (DGA), y; |
CONSIDERANDO: |
Que
mediante
la Nota
Externa citada en el Visto se han establecido las
cantidades máximas autorizadas para el ingreso a
la Zona de Vigilancia Especial
para determinadas mercaderías. |
Que,
atento los pedidos realizados por los Gobiernos Provinciales y Municipales,
mediante Nota Externa Nº 85/07 (DGA) se ha dispuesto el incremento de las
cantidades autorizadas para el producto Arroz. |
Que
las razones expuestas oportunamente revisten actualidad, resultando oportuno
conceder una prórroga a la medida dispuesta. |
Que
en razón de lo expuesto,
la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de las
facultades conferidas en el artículo 9, punto 2, incisos b) y p) del Decreto
Nº 618 del 10 de julio de 1997 y el artículo 125 de
la Ley 22.415, dispone: |
AUTORIZAR
hasta el 10 de marzo de 2008, el ingreso a
la Zona de Vigilancia Especial del producto Arroz,
para las Aduanas y en las cantidades totales que más abajo se detallan. |
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PRODUCTO
ARROZ |
ADUANA
DE LA QUIACA |
348.000 Kgs/MENSUAL |
ADUANA
DE POCITOS 348 |
.000
Kgs/MENSUAL |
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REGISTRESE.
PUBLIQUESE en el Boletín de
la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dése a |
la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL. |
Archívese.
— Abog. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas. |
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