Resolución 335/2017
Posadas, Misiones,
21/09/2017
VISTO: El Expte. N°
5669/17 reg. INYM, las Resoluciones INYM N° 061/17 y N° 0241/17; y,
CONSIDERANDO:
QUE, el Art. 3° de la
Resolución N° 061/17 reg. del INYM, ha fijado el día 31 de Julio de 2017 como
fecha tope hasta la cual las Entidades y Asociaciones mencionadas en los incs.
d), e), f), g) y h) del Art. 6° de la Ley N° 25.564, podían inscribirse o actualizar
documentación en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas
para la designación de Directores del INYM”, a los fines de participar en la
próxima elección de las autoridades mencionadas.
QUE, por solicitudes de
Representantes de diferentes sectores, se ha aprobado una prórroga al plazo
fijado en la mencionada Resolución considerando que algunas entidades han
sufrido inconvenientes para reunir la documentación solicitada en tiempo y
forma.
QUE, por Resolución INYM
N° 0241/17, se ha establecido una prórroga hasta el día 30 de Septiembre de
2017, como fecha límite para la inscripción de las Entidades y Asociaciones
Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM.
QUE, el representante del
sector productivo ha requerido nuevamente en reunión de Directorio una
solicitud de prórroga, fundado en inconvenientes manifestadas por entidades del
sector para reunir la documentación solicitada en tiempo y forma.
QUE, en todo proceso
democrático de toma de decisiones, debe asegurarse la mayor participación
posible de propuestas, ideas e intereses, promoviendo la intervención efectiva
en el debate de todos los sectores a quiénes afectarán las decisiones
adoptadas.
QUE, el pedido formulado
por los representantes de la diferentes Entidades, es consistente con el
principio mencionado precedentemente.
QUE, en tal sentido
conforme lo establecido en el Art. 24 del Estatuto del INYM, el Directorio
somete a votación la posibilidad de otorgar una, prórroga del plazo establecido
por Resolución N° 0241/17, aprobándose la misma hasta el día 31 de Octubre del
corriente año 2017.
QUE, la extensión del
plazo de convocatoria otorgado a las entidades, en nada obstaculiza el normal
recambio en tiempo y forma de los representantes de los sectores privados del
Instituto.
QUE, este Directorio
considera procedente hacer lugar a la solicitud de formulada, por lo que
corresponde dictar el instrumento legal correspondiente.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO DEL INYM
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECESE
la prórroga del plazo de convocatoria establecido en el Art. 1° de la
Resolución INYM N° 0241/175, fijándose como nueva fecha límite el día 31 de
Octubre de 2017, a los efectos de la inscripción o actualización según
correspondiere de antecedentes en el “Registro de Entidades y Asociaciones
Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”.-
ARTÍCULO 2°.- PUBLIQUESE
la presente Resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina y en
medios de publicación masiva, por el término de un (1) día, a los fines del
correcto conocimiento de los interesados.-
ARTÍCULO 3°.- REGISTRESE,
Notifíquese. Cumplido, ARCHIVESE. — Alberto Tomás Re, Presidente. — Juan C. D.
Mitrowicz, Director. — Ramon Rodriguez, Director. — Jeronimo Raul R. Lagier,
Director. — Koch Danis, Director. — Luis Sandro Sosa, Director. — Jorge E. E.
Haddad, Director. — Ramiro López, Director. — Carlos Guillermo Roussillon,
Director. — Esteban Fridlmeier, Director. — Ruben Henrikson, Director.
e. 27/09/2017 N° 72003/17
v. 27/09/2017