Resolución
17-E/2017
Ciudad de Buenos Aires,
06/09/2017
VISTO el Expediente Nº EX
- 2017-17078252-APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la
Resolución Nº 1.169 de fecha 17 de noviembre de 2004 de la ex-SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRODUCCIÓN, modificada por las Resoluciones Nros. 169 de fecha 25 de febrero de
2008 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del
entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y 81 del 10 de febrero de 2009 de
la ex- SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificatorias, el Memorándum de Entendimiento
como resultado de la RONDA URUGUAY de las negociaciones de acceso a los
mercados sobre agricultura entre los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y la REPÚBLICA
ARGENTINA, firmado en la Ciudad de Ginebra (CONFEDERACIÓN SUIZA) con fecha 24
de agosto de 1994 en el marco del ACUERDO GENERAL SOBRE TARIFAS Y COMERCIO
(GATT), y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del
Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY, los ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA asignaron a la REPÚBLICA ARGENTINA un cupo tarifario anual de
Maní de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t).
Que por la Resolución N°
1.169 de fecha 17 de noviembre de 2004 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN,
se creó el Registro de Exportadores de Maní para aquellas empresas interesadas
en acceder a dicho cupo.
Que el Artículo 1° de la
norma mencionada establece que el citado registro deberá permanecer abierto
entre los días 1 y 31 de octubre de cada año.
Que en orden a la citada
normativa, corresponde proceder a la apertura del Registro para las Empresas
Exportadoras de Maní para el cupo tarifario comprendido entre el 1de abril de
2018 y el 31 de marzo de 2019.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención
que le compete.
Que la suscripta es
competente para el dictado del presente acto en virtud de las facultades que le
otorga del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE MERCADOS
AGROINDUSTRIALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Procédase a
la apertura del Registro para las Empresas Exportadoras de Maní durante el
periodo comprendido entre los días 1 y 31 de octubre de 2017 para las empresas
interesadas en la exportación del mencionado producto a los ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, para el cupo tarifario comprendido entre el 1 de abril de 2018 y el 31
de marzo de 2019, por un total de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS
(43.901 t), en el marco de las disposiciones que establece la Resolución N°
1.169 de fecha 17 de noviembre de 2004 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y
sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. —
Delia Marisa Bircher.
e. 08/09/2017 N° 66677/17
v. 08/09/2017