Resolución
60-E/2017
Ciudad de Buenos Aires,
16/08/2017
VISTO el alcance SIGEA
14512-79-2007/36 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la División Aduana BARRANQUERAS solicita una prórroga de la
habilitación provisoria concedida mediante Resolución Nº 4/2017 (DGA) a la Zona
Operativa Aduanera “PRESIDENTE ROQUE SAENZ PEÑA”, ubicada en el Parque
Industrial de dicha localidad, en el predio de CUATRO (4) hectáreas de
superficie, identificado como Parcela 180, Expediente 33-009, Circunscripción
II del Registro Catastral de la Provincia del CHACO.
Que el citado predio fue
cedido en comodato por la Municipalidad de SAENZ PEÑA a la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, tramitado por actuación SIGEA N° 14512-79-2007/1.
Que de los informes
obrantes en la actuación se desprende que las instalaciones destinadas a la
operativa requieren una readecuación en lo que respecta a su infraestructura,
así como también una mejora, en cuanto a la calidad de los servicios básicos
esenciales. Todo ello a fin de asegurar que el desarrollo de las tareas de
control propias del servicio aduanero, se lleven adelante observando los presupuestos
mínimos del régimen de higiene y seguridad laboral.
Que en función de lo
señalado precedentemente, se impone requerir la intervención de los organismos
provinciales con competencia en materia de servicios públicos básicos
esenciales para la realización de mantenimientos preventivos o correctivos,
según corresponda, a los suministros de agua potable, de servicios cloacales, y
de electricidad.
Que hasta tanto se
materialicen los requerimientos y a fin de permitir la continuidad de las
operaciones de comercio exterior, de incidencia positiva en la economía de la
Provincia de Chaco, que se desarrollan en la zona operativa en trato, se estima
mantener la habilitación provisoria oportunamente otorgada por Resolución
N°4/17 (DGA), por el término de TREINTA (30) días.
Que han tomado la
intervención que les compete la División Aduana BARRANQUERAS, la Dirección
Regional Aduanera HIDROVIA y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras
del Interior.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9º, apartado 2º,
inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Habilítese
con carácter provisorio la Zona Operativa Aduanera “PRESIDENTE ROQUE SAENZ
PEÑA” en jurisdicción de la División Aduana BARRANQUERAS, ubicada en el predio
de CUATRO (4) hectáreas de superficie, identificado como Parcela 180 del Parque
Industrial de dicha localidad, por el término de TREINTA (30) días.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL de ADUANAS. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA y hágase saber a la Cámara
de Exportadores de Carbón Vegetal del CHACO, a los Ministerios de Producción y
de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia del CHACO y a la
Municipalidad de Presidencia ROQUE SAENZ PEÑA. Remítanse los presentes a la
División Aduana BARRANQUERAS para su conocimiento y notificación. — Juan José
Gómez Centurión.
e. 22/08/2017 N° 60211/17
v. 22/08/2017