Detalle de la norma RE-173-2017-MA
Resolución Nro. 173 Ministerio de Agroindustria
Organismo Ministerio de Agroindustria
Año 2017
Asunto RÉGIMEN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA GANADERÍA OVINA
Boletín Oficial
Fecha: 12/07/2017
Detalle de la norma

Resolución 173-E/2017

 

Ciudad de Buenos Aires, 10/07/2017

 

VISTO el Expediente Nº EX-2017-07998433--APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, las Leyes Nros. 25.422, 26.680 y 27.230, el Decreto N° 1.031 de fecha 14 de junio de 2002, las Resoluciones Nros. 52 de fecha 10 de febrero de 2012, 199 de fecha 10 de abril de 2012 y sus modificatorias Nros. 469 de fecha 4 de junio de 2013 y 1.165 de fecha 19 de noviembre de 2013 y 1.213 de fecha 15 de noviembre de 2012, todas del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Ley Nº 25.422, prorrogada por la Ley N° 26.680 y modificada por la Ley N° 27.230, y el Decreto Reglamentario N° 1.031 de fecha 14 de junio de 2002 se instituye el RÉGIMEN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA GANADERÍA OVINA, en adelante el RÉGIMEN, destinado a lograr la adecuación y modernización de los sistemas productivos ovinos que posibiliten su sostenibilidad a través del tiempo y, consecuentemente, permitan mantener e incrementar las fuentes de trabajo y la radicación de la población rural.

Que de conformidad con el Artículo 7° de la Ley N° 25.422, el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, es la Autoridad de Aplicación del RÉGIMEN.

Que el Artículo 2° del Anexo del citado Decreto Reglamentario N° 1.031/02 faculta a la Autoridad de Aplicación del RÉGIMEN a dictar, previa consulta con la Comisión Asesora Técnica (CAT), el Manual Operativo donde se describan en detalle las actividades comprendidas por el Artículo 2° de la citada Ley N° 25.422.

Que mediante la Resolución N° 52 de fecha 10 de febrero de 2012 del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, entre otras cuestiones, se estableció que las tramitaciones administrativas que se efectuaran en el marco de la Ley Nº 25.422 se encausarían dentro de los procedimientos existentes en la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA y se designó como Coordinador Nacional del RÉGIMEN al titular de la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, actual MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que dicha medida fue tomada atento los cambios ocasionados a raíz de la creación del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍAY PESCA.

Que en consecuencia, por la Resolución Nº 199 de fecha 10 de abril de 2012 y sus modificatorias Nros. 469 de fecha 4 de junio de 2013 y 1.165 de fecha 19 de noviembre de 2013 todas del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se aprobó el Manual Operativo del RÉGIMEN y por la Resolución N° 1.213 de fecha 15 de noviembre de 2012 del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se aprobó el Manual de Procedimiento del RÉGIMEN.

Que en la Reunión N° 16 de fecha 14 de febrero de 2017, la CAT fue consultada sobre la necesidad de realizar modificaciones en la operatoria del RÉGIMEN, recomendando finalmente que se modifique el Manual Operativo actual.

Que a los fines de eficientizar los procedimientos y la operatoria del RÉGIMEN e incorporar las modificaciones surgidas de la mencionada Ley N° 27.230, resulta necesario actualizar y readecuar el Manual Operativo vigente, y dejar sin efecto la citada Resolución N° 199/12 y sus modificatorias Nros. 469/13 y 1.165/13, todas del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Artículo 4° y los apartados A.I.7) y C. párrafo cuarto de la mencionada Resolución N° 1.213/12 y el Artículo 3º de la citada Resolución Nº 52/12.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y por el Artículo 2° del Anexo del citado Decreto Reglamentario N° 1.031/02.

 

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

 

ARTÍCILO 1°.- Apruébase el Manual Operativo del RÉGIMEN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA GANADERÍA OVINA, en adelante el RÉGIMEN, instituido por la Ley N° 25.422, que como Anexo registrado con el Nº IF-2017-13297649-APN-SSG#MA, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Delégase en el Coordinador Nacional del RÉGIMEN el ejercicio de las funciones establecidas en los incisos a), f), y g) del Artículo 7º del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.031 de fecha 14 de junio de 2002.

ARTÍCULO 3º.- Déjase sin efecto la Resolución N° 199 de fecha 10 de abril de 2012 y sus modificatorias Nros. 469 de fecha 4 de junio de 2013 y 1.165 de fecha 19 de noviembre de 2013, todas del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 4°.- Déjanse sin efecto el Artículo 4° y los apartados A.I.7) y C. párrafo cuarto de la Resolución N° 1.213 de fecha 15 de noviembre de 2012 y el Artículo 3º de la Resolución Nº 52 de fecha 10 de febrero de 2012 del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese la presente medida a las Unidades Ejecutoras de las Provincias adheridas a la Ley N° 25.422, a través de la Coordinación Nacional del RÉGIMEN.

ARTÍCULO 6°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Buryaile.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 12/07/2017 N° 49109/17 v. 12/07/2017

ANEXO

Haga clic aquí para acceder al anexo adjunto a la norma.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga RE-469-2013-MAGP RÉGIMEN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA GANADERÍA OVINA
Deroga RE-1165-2013-MAGP RÉGIMEN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA GANADERÍA OVINA
Modifica RE-52-2012-MAGP RÉGIMEN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA GANADERÍA OVINA
Deroga RE-199-2012-MAGP RÉGIMEN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA GANADERÍA OVINA
Modifica RE-1213-2012-MAGP RÉGIMEN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA GANADERÍA OVINA