Detalle de la norma RE-115-2017-INV
Resolución Nro. 115 Instituto Nacional de Vitivinicultura
Organismo Instituto Nacional de Vitivinicultura
Año 2017
Asunto Fíjanse los límites mínimos de tenor alcohólico real para los Vinos Regionales
Boletín Oficial
Fecha: 11/07/2017
Detalle de la norma

Resolución 115-E/2017

 

2A. SECCION, MENDOZA, 06/07/2017

 

VISTO el Expediente Nº S93:0005955/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos N° 14.878, la Resolución N° C.71 de fecha 24 de enero de 1992 y los datos estadísticos obtenidos durante el Control Cosecha y Elaboración 2017, referidos al tenor azucarino de las uvas elaboradas en la zona de Origen de Salta y Valles Calchaquíes, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el marco de la legislación vigente, compete al INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), el control técnico de la producción, la industria y el comercio vitivinícola, por lo cual se encuentra facultado para establecer los límites normales de la composición de los vinos.

Que el Punto 1º, Inciso 1.1, apartado a) de la Resolución N° C.71 de fecha 24 de enero de 1992, establece que el INV determinará anualmente el grado alcohólico mínimo para el expendio de los productos allí definidos, en cumplimiento de la obligación impuesta por la Ley General de Vinos Nº 14.878.

Que la determinación del grado alcohólico real de las cosechas anuales para los vinos que se han de comercializar en el mercado interno, es una norma técnica que se utiliza como parámetro para ordenar y coadyuvar a las tareas de fiscalización.

Que los diversos microclimas existentes en la referida zona determinan apreciables diferencias en la graduación alcohólica de los productos elaborados en los diferentes establecimientos.

Que las características de comercialización de esta zona, determinan un mercado de traslado prácticamente inexistente, envasando cada uno de ellos los productos de su elaboración.

Que lo expuesto precedentemente aconseja fijar el grado alcohólico 2017 por bodega, unificado con los volúmenes de vinos remanentes de la cosecha 2016 y anteriores.

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo, ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto Nº 155/16,

 

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Fíjanse los límites mínimos de tenor alcohólico real para los Vinos Regionales, elaboración 2017 unificados con remanentes de elaboración 2016 y anteriores, que se liberen al consumo por los establecimientos ubicados en la zona de origen Salta y Valles Calchaquíes, conforme el Anexo IF-2017-13151200-APN-SP#INV.

ARTÍCULO 2º.- Considérese grado alcohólico real, el contenido como tal en el vino, determinado mediante método oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable contenido de azúcares reductores en el producto, remanentes de su fermentación.

ARTÍCULO 3º.- Los análisis de Libre Circulación requeridos a partir de la fecha de la presente, deberán reunir los requisitos establecidos en el citado Anexo. Los análisis correspondiente a vinos regionales y vinos 2016 y anteriores, caducarán automáticamente a partir de los TREINTA (30) días corridos de la fecha de la presente, sin que ello de lugar al reintegro de los aranceles analíticos equivalentes a los volúmenes no despachados, excepto aquellos cuyo vino base posea el grado establecido en el Anexo.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — Carlos Raul Tizio Mayer.

GRADO ALCOHÓLICO 2017 – ZONA DE ORIGEN:

SALTA Y VALLES CALCHAQUIES

VINO REGIONAL

 

Nº BODEGA

RAZÓN SOCIAL

GRADO ALCOHÓLICO

BLANCO

TINTO

ROSADO

S70013

VARGAS JAVIER EDGARDO

0,00

15,30

0,00

S70023

AMANECER ANDINO S.R.L.

0,00

13,70

0,00

S70284

UVAS DEL VALLE S.A.

12,30

13,90

13,40

S70493

APACHETA S.A.

0,00

14,90

0,00

S70557

ALTOS SAN ISIDRO S.A.

13,50

14,40

0,00

S70561

DUPONT MARIA FERNANDO

0,00

14,70

14,20

S70637

FINCA LAS CURTIEMBRES S.R.L.

12,40

13,40

0,00

S72007

HESS FAMILY LATIN AMERICA S.A.

13,50

14,00

13,50

S73117

ESTABLECIMIENTOS CSM S.A.

13,10

14,10

0,00

IF-2017-13151200-APN-SP#INV

e. 11/07/2017 N° 48723/17 v. 11/07/2017

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
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