Detalle de la norma RE-222-2017-INYM
Resolución Nro. 222 Instituto Nacional de la Yerva Mate
Organismo Instituto Nacional de la Yerva Mate
Año 2017
Asunto Prórroga CONSTANCIA DE APROBACION DE BALANZA
Boletín Oficial
Fecha: 29/06/2017
Detalle de la norma

Resolución 222/2017

 

Posadas, Misiones, 22/06/2017

 

VISTO: las disposiciones de la Ley 25.564, el Decreto Reglamentario N° 1.240/02, y las Resoluciones 57/2008 y 16/2017, y;

 

CONSIDERANDO:

 

QUE, por Resolución 16/2017 se ha establecido que los titulares de Plantas inscriptas en el Registro de Plantas de la Actividad Yerbatera, deberán presentar al INYM hasta el día 31/07/2017, la CONSTANCIA DE APROBACION DE BALANZA emitida por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), pudiendo ser cumplimentada la exigencia por parte del operador viculado a la misma.

QUE, dicha Resolución ha determinado que aquellas plantas que no contaren con balanza, deberán informar la balanza en la que se efectúa el pesaje, a efectos de que desde este Instituto se verifique su aprobación correspondiente.

QUE, de esta forma el INYM ha reglamentado el Artículo 6° de la Resolución 57/08 que prevé que los propietarios de plantas o depósitos de yerba mate deberán cumplimentar los requisitos establecidos, indicando que para el caso de poseer balanza deberán poseer constancia de aprobación de la autoridad de aplicación que corresponda.

QUE, efectuado el relevamiento del estado de situación de los establecimientos por parte del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), dicho Instituto ha presentado un detallado informe expresando las carencias encontradas en las certificaciones correspondientes, que alcanzan a gran número de operadores.

QUE, por otra parte se ha recibido una nota de la Asociación de Secaderos de Yerba Mate por la que solicita la extensión del plazo de vencimiento para la entrega de las constancias de aprobación de balanzas, requiriendo asimismo que el costo de certificación sea solventado por el INYM por la imposibilidad económica de los secaderos de asumir dichos costos.

QUE, teniendo en cuenta el pedido formulado y considerando las funciones encomendadas al INYM vinculadas a la determinación y control de cumplimiento del precio obligatorio de las materias primas de la yerba mate que de por sí requieren la necesaria registración de los volúmenes de materia prima movilizados, hacen necesario un correcto control de las balanzas por parte del Organismo de contralor correspondiente, estableciendo un tiempo prudencial a fin de que los operadores cumplan con dicha carga.

QUE, el Área Legales del INYM ha tomado intervención.

QUE, el INYM se encuentra facultado para disponer las medidas y acciones necesarias a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su Decreto Reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas con los objetivos del INYM, según se desprende de lo dispuesto en los Art. 4 y 5 de la Ley 25.564.

 

POR ELLO,

EL DIRECTORIO DEL INYM

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°.- PORROGASE hasta el día 31 de Diciembre de 2.018 la presentación de la CONSTANCIA DE APROBACION DE BALANZA emitida por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) por parte de los operadores obligados, conforme lo establecido por Resolución 16/2017.

ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE. Publíquese por UN (1) día en el Boletín Oficial. Tomen conocimiento las Áreas de competencia. Cumplido, ARCHÍVESE. — Alberto Tomás Ré, Presidente. — Ruben Henrikson, Director. — Claudio Anselmo, Director. — Luis Sandro Sosa, Director. — Jorge E. E. Haddad, Director. — Juan C. D. Mitrowicz, Director. — Hector Biale, Director. — Ricardo Maciel, Director. — Esteban Fridlmeier, Director. — Ramiro López, Director.

e. 29/06/2017 N° 45300/17 v. 29/06/2017

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-16-2017-INYM Prórroga CONSTANCIA DE APROBACION DE BALANZA