Resolución
43-E/2017
Ciudad de Buenos Aires,
08/06/2017
VISTO el SIGEA Nº
12542-879-2017 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS,
y
CONSIDERANDO
Que por la citada
actuación la firma Servicios Portuarios S.A. CUIT 30-60675453-8, solicita la
habilitación aduanera provisoria del “Muelle Unidad VII-Puerto Rosario”,
ubicado a la altura de la progresiva del km 414,800, margen derecha del Río
PARANÁ, Puerto ROSARIO, Provincia de SANTA FE, en jurisdicción de la División
Aduana de ROSARIO.
Que se encuentra
acreditado en la actuación que la habilitación definitiva del mismo en el marco
de la Ley de Actividades Portuarias tramita ante la Subsecretaría de Puertos y
Vías Navegables por expediente N° EX2017-06753050-APN-SSPYVN#MTR.
Que consultada la
autoridad de aplicación, la misma informa mediante Nota N0-2017-07486486-APN-
DNP#MTR, de fecha 27 de abril de 2017, que “…los requisitos estipulados en el
art. 6 de la ley 24.093 de Actividades Portuarias, se encuentran cumplimentadas
no existiendo objeciones por parte de la Dirección Nacional de Puertos, a fin
de que se la autorice a realizar operaciones de comercio exterior en el muelle
en trato…” y por Nota NO-2017-08066886-APN-DNP-#MTR de fecha 5 de mayo de 2017
que “…a fin de poder establecer el término que corresponde otorgar a la
habilitación transitoria de la zona operativa por parte de la Dirección General
de Aduanas, se informa que actualmente el expediente EX2017-06753050-
APN-SSPYVN#MTR se encuentra en instancias administrativas internas de la
Dirección Nacional de Puertos, encontrándose cumplidos todos los requisitos
necesarios para elevar a la firma el respectivo proyecto de habilitación…”.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la habilitación de la zona operativa
solicitada, con carácter provisorio, hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional
dicte el decreto de habilitación definitiva del Puerto y se delimite la
correspondiente zona primaria aduanera.
Que en autos han tomado la
intervención que les compete la División Aduana de ROSARIO, la Dirección
Regional Aduanera HIDROVIA, la Dirección Legal de la SUBDIRECCION GENERAL
TECNICO LEGAL ADUANERA, la Dirección de Asesoría Legal Aduanera de la
SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS y la SUBDIRECCION GENERAL DE
OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1º de la Disposición
249/16 (AFIP).
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorícese
la habilitación de la zona operativa aduanera provisoria solicitada por la
firma Servicios Portuarios S.A. CUIT 30-60675453-8, respecto del “Muelle Unidad
VII-Puerto Rosario”, ubicado a la altura de la progresiva del km 414,800,
margen derecha del Río PARANÁ, Puerto ROSARIO, Provincia de SANTA FE, en
jurisdicción de la División Aduana de ROSARIO, por los fundamentos expuestos en
el considerando.
ARTÍCULO 2°.- Establécese
que la citada habilitación tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo
Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle y se delimite
la correspondiente zona primaria aduanera.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA. Remítase a la Aduana de
ROSARIO para su conocimiento y notificación. — Pedro Luis Chapar.
e. 16/06/2017 N° 41560/17
v. 16/06/2017