Detalle de la norma LE-9080-1913-PLN
Ley Nro. 9080 Poder Legislativo Nacional
Organismo Poder Legislativo Nacional
Año 1913
Asunto Ruinas y yacimientos arqueologicos leyes
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Ley n° 9080   Fecha:  
 
Dependencia: LE-9080-PLN
Tema: CONVENIOS Y LEYES.
Asunto: RUINAS Y YACIMIENTOS ARQUEOLOGICOS
 

(D.Ses.SE. 1912,t.II, pag.267) 

CONSIDERANDO

Art. 1.- Se declara de propiedad de la Nación, las ruinas y yacimientos arqueológicos y paleontológicos de interés científicos.

Art. 2.- Nadie podrá utilizar o explotar ruinas o yacimientos sin permiso del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública de la Nación, asesorado por la Dirección del Museo Nacional Etnográfico de la Facultad de Filosofía y Letras.

Art. 3.- En caso que la conservación de las ruinas implique una servidumbre perpetua, el Estado indemnizará a los propietarios del terreno en que se encuentren las ruinas.

Art. 4.- Los permisos para las exploraciones solo podrán ser concedidos a las instituciones científicas del país o del extranjero que comprueben que las llevarán a cabo con propósitos de estudio y sin fines de especulación comercial.

Art. 5.- Solo será permitida la exportación de los objetos duplicados, según informe de la Dirección del Museo Nacional de Historia Natural y del Museo Etnográfico de la Facultad de Filosofía y Letras.

Art. 6.- Todo objeto único no representado en los museos nacionales quedará a favor del mismo como compensación del permiso concedido, entregándose al explorador un modelo de objeto único.

Art. 7.- El Estado podrá expropiar los objetos arqueológicos, antropológicos y paleontológicos que se hallen en poder de particulares y que estime necesarios para el enriquecimiento de los museos nacionales.

Art. 8.- la Facultad de Filosofía y Letras podrá continuar las expediciones arqueológicas, que tienen organizadas, sin estar obligada a recabar el permiso prescrito en art. 2º.

Art. 9.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sanción 26 de febrero de 1913.

 

NOTA DE LOA: La presente Ley se encuentra derogada

 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
LE-25743-2003-PLN Deroga Ruinas y yacimientos arqueologicos leyes