Resolución General
4072-E
Procedimiento.
Emisión opcional de constancias de bonificación promocional. Cuponeras
Fiscales. Resolución General Nº 1.083 y sus complementarias. Nómina de equipos
homologados y empresas proveedoras autorizadas. Norma complementaria.
Ciudad de Buenos Aires,
07/06/2017
VISTO la Resolución
General N° 1.083 y sus complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma
estableció para los contribuyentes y responsables obligados a emitir
comprobantes mediante el empleo de “Controladores Fiscales”, un régimen de emisión
opcional de constancias de bonificación promocional mediante el uso de
“Cuponeras Fiscales”.
Que conforme a lo previsto
por el Apartado C del Capítulo VIII del Anexo I de la referida norma, la
homologación de las “Cuponeras Fiscales” y la autorización de venta a los
respectivos proveedores será dispuesta por este Organismo y tendrá validez por
un plazo máximo de CINCO (5) años contados a partir del día de su publicación
oficial.
Que el mencionado
pronunciamiento es indicativo del cumplimiento de los requisitos y condiciones
que han reunido los equipos que se homologan, cuya aptitud surge del análisis
de los Informes de Evaluación Técnica del Instituto Nacional de Tecnología
Industrial (INTI).
Que asimismo, durante el
lapso de validez de la homologación deberán ser cumplidas las demás
obligaciones del régimen.
Que han tomado la
intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones
Generales de Asuntos Jurídicos y de Fiscalización.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618
del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- De acuerdo
con lo previsto en el Apartado C del Capítulo VIII del Anexo I de la Resolución
General Nº 1.083 y sus complementarias, se homologan los equipos denominados
“Cuponeras Fiscales”, cuyos datos identificatorios y empresa proveedora se
detallan a continuación:
MARCA
|
MODELO
|
CÓDIGO ASIGNADO
|
EMPRESA PROVEEDORA
|
CUIT
|
EPSON
|
TM-T88VC
|
PER
|
EPSON ARGENTINA S.R.L.
|
30-61410471-2
|
EPSON
|
TM-T88VLC
|
PES
|
EPSON ARGENTINA S.R.L.
|
30-61410471-2
|
ARTÍCULO 2°.- La
homologación dispuesta en el artículo anterior, así como la autorización de
venta que se otorga a la empresa proveedora, tendrá una validez de CINCO (5)
años contados a partir del día de la publicación de la presente en el Boletín
Oficial, siempre que se cumplan durante dicho plazo los requisitos establecidos
en la Resolución General Nº 1.083 y sus complementarias.
ARTÍCULO 3°.- Dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido,
archívese. — Alberto R. Abad.
e. 09/06/2017 N° 40000/17
v. 09/06/2017