Resolución Conjunta 43-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2017
VISTO el Expediente Nº S01:0321831/2016 del Registro
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma PLASTIMI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, C.U.I.T. N° 33-69809637-9, ha solicitado los beneficios establecidos
en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de
Inversión” conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28
de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN.
Que los bienes a importar forman parte de un proyecto
destinado a la instalación de una línea de producción nueva, completa y
autónoma para la fabricación de film de polímeros plásticos en bobinas,
conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Que la Resolución N° 424 de fecha 31 de agosto de 2016
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 18 que las mismas
no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren
pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en sus Artículos 11 y
12.
Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la
presente resolución, serán instalados en el predio declarado por la empresa en
las actuaciones indicadas en el Visto.
Que la empresa obtuvo el Certificado de Trámite Nº 306
emitido con fecha 10 de noviembre de 2016 a fin de poder realizar las
operaciones de importación al amparo del citado Régimen.
Que la firma PLASTIMI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA ha presentado un compromiso de certificación con TÜV Rheinland
Argentina S.A. para la certificación del Sistema de Gestión de la Calidad según
los requisitos de la norma ISO 9001:2008.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
INDUSTRIAL-entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha
intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto
opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.
Que conforme al Artículo 16 de la Resolución N° 204 de
fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Dirección Nacional de Industria de la
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, y la Dirección
Nacional de Facilitación del Comercio Exterior de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO
EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO, ambas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, han
analizado el proyecto de manera conjunta, emitiendo un Dictamen del cual surge,
que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la
Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las
Resoluciones Nros. 1.089/00, 8/01 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 216/03
del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, determinando procedente la solicitud de la
firma PLASTIMI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA conforme a las
disposiciones del Régimen referido.
Que la mencionada firma declara bajo juramento que no
está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del
marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la
Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.
Que conforme al Artículo 5° de la Resolución Nº 256/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, la empresa deberá adquirir bienes de uso nuevos
de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) del
valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del citado Régimen,
en el plazo de DOS (2) años a partir de la puesta en marcha del emprendimiento.
Que de acuerdo al Artículo 14 de la resolución citada
en el considerando precedente y el Artículo 19 de la Resolución N° 204/00 de la
ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, el proyecto aprobado deberá ser
objeto de una auditoría a realizarse una vez que hayan expirado todos los
plazos previstos para el cumplimiento de los compromisos adoptados por la
empresa beneficiaria derivados del mencionado Régimen.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta conforme a lo
previsto por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones y el Artículo 8º de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMERCIO
Y
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Considérase sujeta al beneficio
establecido por la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28
de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN,
para la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma
PLASTIMI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, C.U.I.T. N° 33-69809637-9,
destinado a la instalación de una línea de producción nueva, completa y
autónoma para la fabricación de film de polímeros plásticos en bobinas, cuya
descripción de bienes se detalla a continuación:
N° DE ORDEN
|
SUBPARTIDA ARMONIZADA
|
DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍA
|
CANTIDAD (unidades)
|
1
|
8477.20
|
Combinación de máquinas destinada a la obtención de
películas termoplásticas mediante un proceso de coextrusión, compuesta por:
CINCO (5) dosificadores gravimétricos; CUATRO (4) extrusoras de diámetro de
tornillo igual a SESENTA Y CINCO MILÍMETROS (65 mm) y una extrusora de
diámetro de tornillo igual a CINCUENTA Y CINCO MILÍMETROS (55 mm); cambiador
de filtros; aparatos de calentamiento y enfriamiento; dispositivos para estirado
con rodillo de arrastre; aparato de refile; dispositivos de aspiración y
realimentación, de refiles; bobinadora; transductores de presión y
temperatura; tablero de control y distribución de energía eléctrica y
estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras.
|
UNA (1)
|
ARTÍCULO 2º.- El monto de los bienes sujetos al
beneficio de la presente resolución es de un valor FCA EUROS UN MILLÓN
DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (€ 1.250.000.-) (sin repuestos). Asimismo, a fin de
determinar el monto correspondiente a repuestos deberá tenerse en cuenta lo
previsto en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
ARTÍCULO 3º.- En virtud de lo estipulado en el Artículo
12 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA se otorga el plazo
de UN (1) año a partir de la emisión de la presente resolución para la
importación de los bienes detallados en el primer artículo de la misma.
ARTÍCULO 4º.- El incumplimiento por parte de la
beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión antes
mencionado y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el
Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, dará
lugar a la aplicación del Artículo 15 de la citada resolución. Dichas sanciones
serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del
beneficio hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el Artículo 6º de
la mencionada resolución.
ARTÍCULO 5°.- La SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de
la SECRETARÍA DE COMERCIO y la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE
INDUSTRIA Y SERVICIOS ambas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN informarán, en los
términos de los Artículos 18 y 19 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO
DE ECONOMÍA, sustituidos por los Artículos 11 y 12 de la Resolución N° 424de
fecha 31 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, respectivamente, y
conforme al Artículo 18 de ésta última, a la Dirección General de Aduanas,
dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica
en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, a los efectos de que proceda a liberar
las garantías oportunamente constituidas. Para ello, deberá verificarse el
cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de la interesada, una
vez realizados los informes de auditoría en los términos de los Artículos 14 de
la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 19 de la Resolución N°
204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 6º.- A través de la Dirección de Exportaciones
dependiente de la Dirección Nacional de Facilitación del Comercio Exterior de
la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR, notifíquese a la firma PLASTIMI SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA de la presente resolución.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel Braun. — Martín
Alfredo Etchegoyen.
e. 05/06/2017 N° 37697/17 v. 05/06/2017