Disposición
918-E/2017
Ciudad de Buenos Aires,
30/05/2017
VISTO el Expediente
EX-2017-08835062- -APN-CME#MP, la Ley Nº 22.802 y la Resolución Nº 171 de fecha
4 de julio de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y
sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 171
de fecha 4 de julio de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN y sus modificatorias, establece los requisitos esenciales de
seguridad a satisfacer por el equipamiento eléctrico de baja tensión que se
comercializa en el país.
Que el Artículo 2º de la
referida norma establece la definición técnica para el equipamiento eléctrico
de baja tensión.
Que la Dirección Nacional
de Comercio Interior, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de
la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se encuentra facultada
para dictar las medidas que resulten necesarias para interpretar, aclarar e
implementar lo dispuesto por la citada resolución.
Que deviene necesario
definir expresamente los productos que respondiendo a la definición técnica
consignada en la norma anteriormente referida quedan alcanzados por la
obligatoriedad de dar cumplimiento a los requisitos de seguridad consignados y
deben responder a las exigencias establecidas en la norma por ante la Dirección
Nacional de Comercio Interior.
Que, atendiendo a la
participación de la Dirección General De Aduanas, dependiente de la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito
del MINISTERIO DE HACIENDA, en la fiscalización del cumplimiento de la
normativa correspondiente, en el caso de los productos importados, resulta
conveniente explicitar el universo que se juzga prioritario controlar, en
términos de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se
dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 25 de la Resolución Nº
171/16 de la SECRETARÍA DE COMERCIO.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE
COMERCIO INTERIOR
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el
listado que como Anexo, IF-2017-10139078-APN-DNCI#MP, forma parte de la
presente integrante de la presente disposición, correspondiente al equipamiento
eléctrico de baja tensión establecido por la Resolución Nº 171 de fecha 4 de julio
de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 2º.- La presente
medida comenzará a regir a partir del día 1 de junio de 2017.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. —
Karina Mónica Prieto.
NOTA: El/los Anexo/s que
integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA
—www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central
de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 01/06/2017 N° 37507/17
v. 01/06/2017