Ley 27354
Declárase
emergencia económica, productiva, financiera y social.
El Senado y Cámara de
Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con
fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1°- Declárase en
emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de
trescientos sesenta y cinco (365) días a la cadena de producción de peras y
manzanas de las provincias del Neuquén y Río Negro.
ARTÍCULO 2°- Facúltase al
Poder Ejecutivo nacional a instrumentar regímenes especiales de prórroga para
el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social por parte de
la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y Administración Nacional
de la Seguridad Social (ANSES).
ARTÍCULO 3°- Facúltase al
Poder Ejecutivo nacional a prorrogar por igual término la vigencia de la
presente.
ARTÍCULO 4°- Comuníquese
al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES
DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº
27354 —
EMILIO MONZÓ. — FEDERICO
PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
Ciudad de Buenos Aires,
23/05/2017
En virtud de lo prescripto
en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.354
(IF-2017-9207617-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA
NACION el 26 de abril de 2017, ha quedado promulgada de hecho el día 18 de mayo
de 2017.
Dése para su publicación a
la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO
DE LA NACION y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA. Cumplido, archívese. — Pablo Clusellas.
e. 26/05/2017 N° 36101/17
v. 26/05/2017