Detalle de la norma RE-32-2017-DGA
Resolución Nro. 32 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2017
Asunto Habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma Fiduciaria del Norte. Chaco
Boletín Oficial
Fecha: 22/05/2017
Detalle de la norma

Resolución 32-E/2017

 

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2017

 

VISTO el SIGEA N° 12246-75-2017 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la citada actuación la firma Fiduciaria del Norte S.A. (CUIT 30-70865297-7), administradora del Fondo Fiduciario de Inversión y Asistencia a la Producción Regional (F.F.I.A.P.R.), cuyo fiduciante es la Provincia de CHACO, solicita una prórroga de la habilitación aduanera provisoria oportunamente concedida por la Resolución N° 31/16 (DGA), respecto del “Muelle Elevador Acopio y Embarque Barranqueras” que perteneciera a la Ex Junta Nacional de Granos, ubicado a la altura de la progresiva correspondiente al kilómetro 11,000 sobre la margen derecha del Riacho Barranqueras, Provincia del CHACO, en jurisdicción de la División Aduana de BARRANQUERAS.

Que se encuentra acreditado en la actuación que la habilitación definitiva del mismo en el marco de la Ley de Actividades Portuarias tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables por expediente N° S02:0116983/2013 (del Registro del Ministerio del Interior).

Que consultada la autoridad de aplicación, la misma informa mediante Nota N0-2017-06663508-APN- DNP # MTR, de fecha 18 de abril de 2017, que se han acreditado la totalidad de los requisitos necesarios a los fines de dar trámite a la habilitación definitiva de parte del Poder Ejecutivo Nacional, encuadrado en los términos de la Ley N° 24.093 de Actividades Portuarias.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la habilitación de la zona operativa solicitada, con carácter provisorio, hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del Puerto y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.

Que en autos han tomado la intervención que les compete la División Aduana de BARRANQUERAS, la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA, la Dirección Legal de la SUBDIRECCION GENERAL TECNICO LEGAL ADUANERA, la Dirección de Asesoría Legal Aduanera de la SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS y la SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 249/16 (AFIP).

 

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS A/C DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1°.- Autorícese la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma Fiduciaria del Norte S.A. (CUIT 30-70865297-7), administradora del Fondo Fiduciario de Inversión y Asistencia a la Producción Regional (F.F.I.A.P.R.), cuyo fiduciante es el Gobierno de la Provincia del CHACO por los fundamentos expuestos en el considerando.

ARTICULO 2°.- Establécese que la citada habilitación tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.

ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA. Remítase a la Aduana de BARRANQUERAS para su conocimiento y notificación. — E/E Pedro Luis Chapar.

e. 22/05/2017 N° 33689/17 v. 22/05/2017