Resolución
369-E/2017
Ciudad de Buenos Aires,
12/05/2017
VISTO el Expediente N°
S01:0348564/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el Decreto N° 1 de
fecha 4 de enero de 2016, la Decisión Administrativa N° 193 de fecha 16 de
marzo de 2016 y la Resolución N° 638 de fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° 1 de
fecha 4 de enero de 2016, se detallan los objetivos específicos de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, entre los que
se encuentra el entender en la definición de la política industrial y el
diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a
promover el desarrollo y crecimiento del sector de industria y de los servicios
tecnológicos y productivos, actuando como Autoridad de Aplicación de los
regímenes de promoción, cuando las normas respectivas así lo establezcan.
Que, asimismo, el
mencionado decreto establece entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
PRODUCTIVA, dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del
mencionado Ministerio, el atender las problemáticas productivas sectoriales,
regionales y transversales, con el objetivo de mejorar la performance del
sector industrial con acciones e instrumentos no contemplados en regímenes de
promoción existentes.
Que mediante la Resolución
N° 255 de fecha 10 de junio de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se estableció,
entre las acciones de la Dirección de Internacionalización de Empresas con Alto
Potencial, dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Productiva de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA, las de identificar y atender necesidades
de empresas con alto potencial de crecimiento e innovación productiva, y
favorecer la internacionalización de empresas con potencial de crecimiento e
innovación productiva.
Que la Resolución N° 638
de fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, creó el “Programa
de Desarrollo e Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de
Crecimiento e Innovación (PotenciAR)”, en la órbita de la SECRETARÍA DE
INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con el objetivo de promover
el desarrollo de empresas con alto potencial de crecimiento, innovación e
internacionalización que impulsen la mejora competitiva de uno o varios
sectores productivos.
Que dicho Programa se
propone contribuir con el desarrollo y la internacionalización de empresas
líderes locales, productoras de bienes y servicios de alto valor agregado, con
destacada capacidad innovadora y participantes de encadenamientos productivos.
Que los objetivos
específicos del “Programa de Desarrollo e Internacionalización de Empresas con
Alto Potencial de Crecimiento e Innovación (PotenciAR)”, son incrementar las
exportaciones de media y alta tecnología, propender a la diversificación y/o
recuperación de mercados de destino de exportación, incentivar el desarrollo de
proveedores locales y capital humano, promover la transferencia tecnológica y
coadyuvar a la mejora del posicionamiento internacional de la producción y las
tecnologías desarrolladas en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que por el Artículo 2° de
la Resolución N° 638/16 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se designó a la SECRETARÍA
DE INDUSTRIA Y SERVICIOS como Autoridad de Aplicación del “Programa de
Desarrollo e Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de Crecimiento
e Innovación (PotenciAR)”.
Que, en función de ello,
se establecen los términos, condiciones y procedimientos que regirán la
ejecución del “Programa de Desarrollo e Internacionalización de Empresas con
Alto Potencial de Crecimiento e Innovación (PotenciAR)”.
Que, asimismo, se
establecen las directrices a la que deberán sujetarse las partes intervinientes
respecto de las fiscalizaciones y de las sanciones que de ellas pudieran
derivarse.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se
dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N° 638/16 del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA
Y SERVICIOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el
Reglamento Operativo del “Programa de Desarrollo e Internacionalización de
Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e Innovación (PotenciAR)”, el cual
definirá los procedimientos generales que regirán la ejecución y administración
del mencionado Programa el que, como Anexo I (IF-2017-08099342-APN-SSGP#MP),
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse
el “Formulario de Aplicación de las EAP” y la “Declaración Jurada sobre la
Inexistencia de Condiciones de Exclusión” que las empresas deberán presentar al
momento de solicitar su inclusión al Programa, los que como Anexos II
(IF-2017-04967740-APN-SECIYS#MP) y III (IF-2017-04966886-APN-SECIYS#MP),
respectivamente, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase la
“Documentación a presentar por las empresas” interesadas en acceder al
“Programa de Desarrollo e Internacionalización de Empresas con Alto Potencial
de Crecimiento e Innovación (PotenciAR)”, el que como Anexo IV
(IF-2017-04966700-APN-SECIYS#MP), forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Apruébanse
los “Criterios de Admisibilidad de las Empresas”, a los que deberá sujetarse la
evaluación de las interesadas en acceder al “Programa de Desarrollo e
Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e Innovación
(PotenciAR)”, y los “Criterios de Ponderación para la Evaluación y Aprobación
de los PDI”, los que como Anexos V (IF-2017-04966541-APN-SECIYS#MP) y VII
(IF-2017-04966107-APN-SECIYS#MP), respectivamente, forman parte integrante de
la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- Apruébase el
“Formulario de Presentación del PDI”, el que como Anexo VI
(IF-2017-04966341-APN-SECIYS#MP), forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 6°.- Apruébase la
“Declaración de Confidencialidad del CCE” que deberán suscribir los miembros
del Comité Consultivo de Expertos, el que como Anexo VIII
(IF-2017-04965960-APN- SECIYS#MP), forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 7°.- Desígnase a
la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA, dependiente de la SECRETARÍA DE
INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, como la encargada de
realizar el llamado a convocatoria a los concursos abiertos con el fin de
seleccionar a las empresas beneficiarias del Programa, así como de la difusión
de las mismas, conforme lo establece el punto 3 del Anexo a la Resolución N°
638 de fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Martín
Alfredo Etchegoyen.
NOTA: El/los Anexo/s que
integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA
—www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central
de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 17/05/2017 N° 32454/17
v. 17/05/2017