Detalle de la norma RE-21-2017-DGA
Resolución Nro. 21 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2017
Asunto Habilitación provisoria. Nuevo muelle denominado “POSTA N° 3 PARA INFLAMABLES” 
Boletín Oficial
Fecha: 10/05/2017
Detalle de la norma

Resolución 21-E/2017

 

Ciudad de Buenos Aires, 03/05/2017

 

VISTO la actuación SIGEA N° 12564-569-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO

 

Que a través de la misma el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA (CUIT N° 30-66414911-3) solicita la habilitación aduanera provisoria del nuevo muelle denominado “POSTA N° 3 PARA INFLAMABLES”, ubicado sobre la costa norte de la Ría de BAHIA BLANCA, a 38° 46’ 52,18” Latitud Sur y 62°18’47,26” Longitud Oeste, en la localidad de Puerto GALVAN, Partido de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES, para la descarga de gasoil y biodiesel.

Que la firma antes mencionada ha impulsado la ampliación de la habilitación portuaria otorgada oportunamente, respecto del nuevo muelle denominado “POSTA N° 3 PARA INFLAMABLES” la cual tramitó ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente del Ministerio de Transporte, Secretaría de Gestión de Transporte, Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, expediente N° S02:0037664/2016.

Que con fecha 20 de marzo del corriente año y mediante Decreto N° 193/17, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto de ampliación de la habilitación portuaria otorgada por Decreto N° 640 de fecha 21 de mayo de 2004 , respecto del muelle en trato, limitando la misma al manipuleo de combustibles líquidos (gasoil y biodiesel).

Que en función a lo expuesto, se generó un alcance de la actuación SIGEA antes mencionada, el que fue girado a la División Aduana BAHIA BLANCA para el inicio de los trámites tendientes a su habilitación como Zona Primaria Aduanera (SIGEA N° 12564-569-2016/1).

Que hasta tanto se materialice lo expuesto, corresponde, en atención a los antecedentes reseñados, a los informes y dictámenes incorporados, habilitar provisoriamente el citado lugar operativo, para la realización de operaciones de comercio exterior.

Que en autos constan las intervenciones de la División Aduana BAHIA BLANCA, la Dirección Regional Aduanera PAMPEANA y la Dirección Legal de la Subdirección General Técnico Legal Aduanera, la Dirección de Asesoría Legal Aduanera de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 249/16 (AFIP).

 

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°.- Autorícese la habilitación provisoria de la zona operativa aduanera solicitada por el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA (CUIT N° 30-66414911-3) en el nuevo muelle denominado “POSTA N° 3 PARA INFLAMABLES”, ubicado sobre la costa norte de la Ría de BAHIA BLANCA, a 38° 46’ 52,18” Latitud Sur y 62°18’47,26” Longitud Oeste en la localidad de PuertoGALVAN, Partido de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES, jurisdicción de la Aduana BAHIA BLANCA, para realizar las operaciones señaladas en el considerando.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que la presente tendrá vigencia hasta tanto se dicte el acto administrativo que delimite la correspondiente Zona Primaria Aduanera.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera PAMPEANA. Remítanse los presentes a la División Aduana de BAHIA BLANCA para su conocimiento y notificación. — Pedro Luis Chapar.

e. 10/05/2017 N° 30293/17 v. 10/05/2017