Resolución
21-E/2017
Ciudad de Buenos Aires,
03/05/2017
VISTO la actuación SIGEA
N° 12564-569-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO
Que a través de la misma
el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA (CUIT N° 30-66414911-3)
solicita la habilitación aduanera provisoria del nuevo muelle denominado “POSTA
N° 3 PARA INFLAMABLES”, ubicado sobre la costa norte de la Ría de BAHIA BLANCA,
a 38° 46’ 52,18” Latitud Sur y 62°18’47,26” Longitud Oeste, en la localidad de
Puerto GALVAN, Partido de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES, para la
descarga de gasoil y biodiesel.
Que la firma antes
mencionada ha impulsado la ampliación de la habilitación portuaria otorgada
oportunamente, respecto del nuevo muelle denominado “POSTA N° 3 PARA
INFLAMABLES” la cual tramitó ante la Subsecretaría de Puertos y Vías
Navegables, dependiente del Ministerio de Transporte, Secretaría de Gestión de
Transporte, Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, expediente N°
S02:0037664/2016.
Que con fecha 20 de marzo
del corriente año y mediante Decreto N° 193/17, el Poder Ejecutivo Nacional
dictó el decreto de ampliación de la habilitación portuaria otorgada por Decreto
N° 640 de fecha 21 de mayo de 2004 , respecto del muelle en trato, limitando la
misma al manipuleo de combustibles líquidos (gasoil y biodiesel).
Que en función a lo
expuesto, se generó un alcance de la actuación SIGEA antes mencionada, el que
fue girado a la División Aduana BAHIA BLANCA para el inicio de los trámites
tendientes a su habilitación como Zona Primaria Aduanera (SIGEA N°
12564-569-2016/1).
Que hasta tanto se
materialice lo expuesto, corresponde, en atención a los antecedentes reseñados,
a los informes y dictámenes incorporados, habilitar provisoriamente el citado
lugar operativo, para la realización de operaciones de comercio exterior.
Que en autos constan las
intervenciones de la División Aduana BAHIA BLANCA, la Dirección Regional
Aduanera PAMPEANA y la Dirección Legal de la Subdirección General Técnico Legal
Aduanera, la Dirección de Asesoría Legal Aduanera de la Subdirección General de
Asuntos Jurídicos y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición
249/16 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE
OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorícese
la habilitación provisoria de la zona operativa aduanera solicitada por el
CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA (CUIT N° 30-66414911-3) en el
nuevo muelle denominado “POSTA N° 3 PARA INFLAMABLES”, ubicado sobre la costa
norte de la Ría de BAHIA BLANCA, a 38° 46’ 52,18” Latitud Sur y 62°18’47,26”
Longitud Oeste en la localidad de PuertoGALVAN, Partido de BAHIA BLANCA,
Provincia de BUENOS AIRES, jurisdicción de la Aduana BAHIA BLANCA, para
realizar las operaciones señaladas en el considerando.
ARTÍCULO 2°.- Establécese
que la presente tendrá vigencia hasta tanto se dicte el acto administrativo que
delimite la correspondiente Zona Primaria Aduanera.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese.
Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y
publíquese en el Boletín de esta Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera PAMPEANA. Remítanse los presentes a
la División Aduana de BAHIA BLANCA para su conocimiento y notificación. — Pedro
Luis Chapar.
e. 10/05/2017 N° 30293/17
v. 10/05/2017