Resolución General
4037-E
Clasificación
arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el
procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618.
Ciudad de Buenos Aires,
02/05/2017
VISTO las Resoluciones
Generales N° 1.618 y N° 2.919, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución
General N° 1.618 se establecieron los procedimientos de trámite de “Consulta de
Clasificación Arancelaria” y las normas de “Incidentes de Clasificación
Arancelaria”.
Que, mediante la Actuación
N° 13289-13121-2010 se sometió a determinada mercadería al procedimiento de
consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR
(NCM) y, como consecuencia de ello, se emitió el Criterio de Clasificación N°
93/10, el cual fue oficializado mediante la Resolución General N° 2.919.
Que las áreas técnicas
competentes manifestaron que debido al análisis efectuado en el seno del Comité
del Sistema Armonizado para el tipo de aparatos citados en el Criterio de
Clasificación en trato, así como el desarrollo y la ingeniería integral de los
mismos, corresponde dejar sin efecto el Criterio de Clasificación N° 93/10.
Que han tomado la
intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones
Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General
de Aduanas.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618
del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjase sin
efecto el Criterio de Clasificación Arancelaria N° 93/10, consignado en el
Anexo de la Resolución General N° 2.919, a partir de la fecha de entrada en
vigencia de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Esta
resolución general entrará en vigencia el primer día hábil inmediato siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
ARTÍCULO 3°.- Dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase a través
del Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de
Hacienda y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de
Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División
Clasificación Arancelaria para su archivo. — Alberto R. Abad.
e. 04/05/2017 N° 28871/17
v. 04/05/2017