Detalle de la norma RG-4037-2017-AFIP
Resolución General Nro. 4037 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2017
Asunto Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura NCM
Boletín Oficial
Fecha: 04/05/2017
Detalle de la norma

Resolución General 4037-E

 

Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618.

 

Ciudad de Buenos Aires, 02/05/2017

 

VISTO las Resoluciones Generales N° 1.618 y N° 2.919, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución General N° 1.618 se establecieron los procedimientos de trámite de “Consulta de Clasificación Arancelaria” y las normas de “Incidentes de Clasificación Arancelaria”.

Que, mediante la Actuación N° 13289-13121-2010 se sometió a determinada mercadería al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) y, como consecuencia de ello, se emitió el Criterio de Clasificación N° 93/10, el cual fue oficializado mediante la Resolución General N° 2.919.

Que las áreas técnicas competentes manifestaron que debido al análisis efectuado en el seno del Comité del Sistema Armonizado para el tipo de aparatos citados en el Criterio de Clasificación en trato, así como el desarrollo y la ingeniería integral de los mismos, corresponde dejar sin efecto el Criterio de Clasificación N° 93/10.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

 

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto el Criterio de Clasificación Arancelaria N° 93/10, consignado en el Anexo de la Resolución General N° 2.919, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el primer día hábil inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

ARTÍCULO 3°.- Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Hacienda y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria para su archivo. — Alberto R. Abad.

e. 04/05/2017 N° 28871/17 v. 04/05/2017

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RG-2919-2010-AFIP Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura NCM