Resolución
75-E/2017
Ciudad de Buenos Aires,
12/04/2017
VISTO el Expediente Nº
S05:0000890/2017 del Registro del MINISTERIO DE AGRO-INDUSTRIA, la Resolución
Nº 168 del 5 de mayo de 2016, modificada por su similar N° 321 del 7 de
septiembre de 2016, ambas del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 168
del 5 de mayo de 2016, modificada por su similar N° 321 del 7 de septiembre de
2016, ambas del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, aprobó los valores de aranceles
que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita del citado Ministerio, percibe como
contraprestación de los servicios realizados a terceros.
Que los Programas
Nacionales de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos y de Supresión de
Carpocapsa del referido Servicio Nacional que se desarrollan en la región
Patagónica, se financian principalmente con los montos provenientes del canon
contributivo aprobado por el Código 172 del Anexo II de la citada Resolución Nº
168/16, el que se aplica sobre las especies hospedantes de dichas plagas que se
envían como fruta fresca o industrializada hacia mercados localizados fuera de
la región.
Que las instituciones
intervinientes en la implementación de los mentados Programas —el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, los Gobiernos Provinciales de
Río Negro y del Neuquén, la FUNDACIÓN BARRERA ZOOFITOSANITARIA PATAGÓNICA
(FUNBAPA), la Cámara Argentina de Fruticultores Integrados (CAFI) y la
Federación de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén— reunidas con fecha
13 de diciembre de 2016, acordaron solicitar la actualización del valor del
mencionado Código 172, a efectos de ajustarlo a la realidad económica actual,
con el objetivo de mantener y ampliar los logros alcanzados por dichos
Programas.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención
que le compete.
Que el suscripto es
competente para dictar el presente acto, en virtud de lo dispuesto por la Ley
de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y
sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO
DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese
el valor del arancel previsto en el Anexo II de la Resolución Nº 168 del 5 de
mayo de 2016, modificada por su similar N° 321 del 7 de septiembre de 2016,
ambas del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, bajo el Código 172, por el monto que se
detalla en el documento GEDO IF-2017-04317729-APN-PRES#SENASA Anexo de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente
resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Ricardo Buryaile.
ANEXO
CÓDIGO
|
CONCEPTO
|
UNIDAD DE MEDIDA
|
IMPORTE EN PESOS ($)
|
172
|
CANON CONTRIBUTIVO POR
TAREAS DE CONTROL DE LOS PROGRAMAS FITOSANITARIOS QUE SE DESARROLLAN EN LA
REGIÓN PATAGÓNICA, PRODUCTOS EN FRESCO DE ESPECIES VEGETALES HOSPEDERAS DE
MOSCA DE LOS FRUTOS Y CARPOCAPSA, CON DESTINO A CONSUMO FRESCO O USO
INDUSTRIAL
|
UNA (1) TONELADA O
FRACCIÓN
|
26,51
|
IF-2017-04317729-APN-PRES#SENASA
e. 20/04/2017 N° 24749/17
v. 20/04/2017