Detalle de la norma RE-75-2017-MA
Resolución Nro. 75 Ministerio de Agroindustria
Organismo Ministerio de Agroindustria
Año 2017
Asunto Sustitúyese el valor del arancel previsto en el Anexo II de la Resolución Nº 168
Boletín Oficial
Fecha: 20/04/2017
Detalle de la norma

Resolución 75-E/2017

 

Ciudad de Buenos Aires, 12/04/2017

 

VISTO el Expediente Nº S05:0000890/2017 del Registro del MINISTERIO DE AGRO-INDUSTRIA, la Resolución Nº 168 del 5 de mayo de 2016, modificada por su similar N° 321 del 7 de septiembre de 2016, ambas del citado Ministerio, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resolución Nº 168 del 5 de mayo de 2016, modificada por su similar N° 321 del 7 de septiembre de 2016, ambas del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, aprobó los valores de aranceles que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del citado Ministerio, percibe como contraprestación de los servicios realizados a terceros.

Que los Programas Nacionales de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos y de Supresión de Carpocapsa del referido Servicio Nacional que se desarrollan en la región Patagónica, se financian principalmente con los montos provenientes del canon contributivo aprobado por el Código 172 del Anexo II de la citada Resolución Nº 168/16, el que se aplica sobre las especies hospedantes de dichas plagas que se envían como fruta fresca o industrializada hacia mercados localizados fuera de la región.

Que las instituciones intervinientes en la implementación de los mentados Programas —el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, los Gobiernos Provinciales de Río Negro y del Neuquén, la FUNDACIÓN BARRERA ZOOFITOSANITARIA PATAGÓNICA (FUNBAPA), la Cámara Argentina de Fruticultores Integrados (CAFI) y la Federación de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén— reunidas con fecha 13 de diciembre de 2016, acordaron solicitar la actualización del valor del mencionado Código 172, a efectos de ajustarlo a la realidad económica actual, con el objetivo de mantener y ampliar los logros alcanzados por dichos Programas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones.

 

Por ello,

EL MINISTRO

DE AGROINDUSTRIA

 

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el valor del arancel previsto en el Anexo II de la Resolución Nº 168 del 5 de mayo de 2016, modificada por su similar N° 321 del 7 de septiembre de 2016, ambas del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, bajo el Código 172, por el monto que se detalla en el documento GEDO IF-2017-04317729-APN-PRES#SENASA Anexo de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Buryaile.

ANEXO

 

CÓDIGO

CONCEPTO

UNIDAD DE MEDIDA

IMPORTE EN PESOS ($)

172

CANON CONTRIBUTIVO POR TAREAS DE CONTROL DE LOS PROGRAMAS FITOSANITARIOS QUE SE DESARROLLAN EN LA REGIÓN PATAGÓNICA, PRODUCTOS EN FRESCO DE ESPECIES VEGETALES HOSPEDERAS DE MOSCA DE LOS FRUTOS Y CARPOCAPSA, CON DESTINO A CONSUMO FRESCO O USO INDUSTRIAL

UNA (1) TONELADA O FRACCIÓN

26,51

 

IF-2017-04317729-APN-PRES#SENASA

e. 20/04/2017 N° 24749/17 v. 20/04/2017

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-168-2016-MA Sustitúyese el valor del arancel previsto en el Anexo II de la Resolución Nº 168