Resolución
42-E/2017
Ciudad de Buenos Aires,
15/03/2017
VISTO el Expediente N°
EX-2017-02696208- -APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA,
la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de
2009, el Acta de la Reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS
del 17 de febrero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de SANTA
CRUZ, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509, presentó el Decreto
Provincial Nº 31 del 23 de enero de 2017, en la reunión del 17 de febrero de
2017 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, que
ratifica en todos sus términos a la Resolución Nº 762 de fecha 5 de diciembre
de 2016, de la Presidencia del Consejo Agrario Provincial, que declaró el
estado de emergencia o zona de desastre agropecuario por razones de sequía, en
todo el ámbito de la Provincia de SANTA CRUZ, por el término de UN (1) año a
partir del 1 de diciembre de 2016.
Que la COMISIÓN NACIONAL
DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS luego de analizar la situación
ocurrida y evaluar la documentación enviada por la Provincia de SANTA CRUZ, y
lo expuesto por la SECRETARÍA TÉCNICA EJECUTIVA, propuso declarar el estado de
emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por causa de la
intensa sequía que afecta a las explotaciones ganaderas de todo el territorio
provincial, por el plazo de UN (1) año contado desde el 1 de diciembre de 2016.
Que la COMISIÓN NACIONAL
DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS estableció el 30 de noviembre de 2017
como la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones
ganaderas afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del
Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se
dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo del Decreto
N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Por ello,
EL MINISTRO
DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- A los
efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dáse por declarado en la
Provincia de SANTA CRUZ el estado de emergencia y/o desastre agropecuario,
según corresponda, por causa de la intensa sequía que afecta a las
explotaciones ganaderas de todo el territorio provincial, por el plazo de UN
(1) año contado desde el 1 de diciembre de 2016.
ARTÍCULO 2º.- Determínase
que el 30 de noviembre de 2017 es la fecha de finalización del ciclo productivo
para las explotaciones ganaderas afectadas de las áreas declaradas en el
Artículo 1º, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo
del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
ARTÍCULO 3º.- A los
efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509,
conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados
deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la
provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran
comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.
El Gobierno Provincial
remitirá a la SECRETARÍA TÉCNICA EJECUTIVA de la COMISIÓN NACIONAL DE
EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS el listado de los productores afectados,
acompañando copia del certificado de emergencia emitido por autoridad
provincial competente.
ARTÍCULO 4°.- Las
instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del
MINISTERIO DE HACIENDA, arbitrarán los medios necesarios para que los
productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los
beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509.
ARTÍCULO 5°.- La presente
resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Ricardo Buryaile.
e. 30/03/2017 N° 19323/17
v. 30/03/2017