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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Ley n° 26339 |
21/12/2007 |
Fecha |
26/12/2007 |
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Dependencia: |
LE-26339-2007-PLN |
Tema: |
IMPORTACIONES |
Asunto: |
Modificación. |
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Sancionada: Noviembre 28 de
2007 |
Promulgada de Hecho:
Diciembre 20 de 2007 |
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El Senado y Cámara de
Diputados de
la
Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con
fuerza de Ley: |
ARTICULO
1º — Modifícase
la Ley Nº
25.626 mediante la incorporación de los siguientes artículos: |
Artículo
2º.- Exceptúase de la prohibición establecida en el artículo anterior la
importación de neumáticos remoldeados que clasifiquen por las posiciones
arancelarias de
la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 4012.11.00, 4012.12.00,
4012.13.00 y 4012.19.00, con los límites y bajo las condiciones que se
expresan a continuación |
A
los efectos de lo previsto en este artículo, se entiende por neumático
remoldeado a los neumáticos reconstruidos por sustitución de su banda de
rodamiento, de sus hombros y de toda la superficie de sus costados
(recauchutaje de talón a talón), según la norma conjunta IRAM 113.323 – MERCOSUR
NM 225. |
Artículo
3º.- La importación de neumáticos (llantas neumáticas) remoldeados —N.C.M.
4012.11.00, 4012.12.00, 4012.13.00 y 4012.19.00— de cualquier origen sólo
podrá autorizarse en cantidades iguales o inferiores al número de neumáticos (llantas
neumáticas) usados —N.C.M. 4012.20.00—, del mismo tipo, que hayan sido
exportados a ese destino desde
la República Argentina,
en forma previa a que se autorice tal importación. |
Artículo
4º.- El Poder Ejecutivo nacional reglamentará las formalidades y
procedimientos para autorizar la importación de neumáticos remoldeados de
cualquier origen, previa verificación de la compensación con el número y el
tipo de neumáticos usados exportados desde
la República Argentina
a ese mismo destino. |
ARTICULO
2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. |
DADA
EN
LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL
MES DE NOVIEMBREDEL AÑO DOS MIL SIETE.— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.329 —ALBERTO
E. BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO.— Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada. |
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