Detalle de la norma RG-4009-2017-AFIP
Resolución General Nro. 4009 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2017
Asunto Régimen de retención. Nómina de sujetos comprendidos. Resolución General N° 2.854
Boletín Oficial
Fecha: 08/03/2017
Detalle de la norma

Resolución General 4009-E

 

Régimen de retención. Nómina de sujetos comprendidos. Resolución General N° 2.854 y sus modificaciones. Norma modificatoria.

 

Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2017

 

VISTO la Resolución General N° 2.854 y sus modificaciones, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la citada norma se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito fiscal.

 

Que de acuerdo con lo dispuesto en su Artículo 3° corresponde informar las designaciones de los agentes de retención.

 

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Operaciones Impositivas del Interior y de Fiscalización, y la Dirección General Impositiva.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

 

Por ello,

 

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Modifícase el Anexo II de la Resolución General N° 2.854 y sus modificaciones, en la forma que se detalla seguidamente:

- Incorpórase al contribuyente que se indica a continuación:

“30-68783525-1 LAS TREINTA SA”

ARTÍCULO 2° — Lo establecido en el artículo anterior entrará en vigencia conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 3° de la referida norma.

ARTÍCULO 3° — Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RG-2854-2010-AFIP Régimen de retención. Nómina de sujetos comprendidos. Resolución General N° 2.854