Detalle de la norma RE-1-2017-CFP
Resolución Nro. 1 Consejo Federal Pesquero
Organismo Consejo Federal Pesquero
Año 2017
Asunto Incorpórase la siguiente disposición transitoria al Régimen específico de Cuotas Individuales Transferibles
Boletín Oficial
Fecha: 21/02/2017
Detalle de la norma

Resolución 1/2017

 

Buenos Aires, 02/02/2017

 

VISTO las Resoluciones N° 2, de fecha 7 de marzo de 2013, y N° 18, de fecha 15 de diciembre de 2016, ambas del Registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución N° 2 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, de fecha 7 de marzo de 2013, se establecieron las normas específicas del Régimen de Administración mediante Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus).

 

Que la resolución citada prevé un régimen de extinción por falta de explotación por capturar la especie en un porcentaje inferior al NOVENTA POR CIENTO (90%) de la CITC.

 

Que a través de la N° 18 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, de fecha 15 de diciembre de 2016, se estableció el valor de Captura Máxima Permisible (CMP) de la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus), entre otros.

 

Que este valor, para el período anual 2017, sufrió un ajuste en relación con el valor de CMP establecido para la misma especie en años anteriores, a partir de la modificación, durante el año 2016, del modelo de evaluación y los puntos biológicos de referencia utilizados hasta el momento.

 

Que a partir de lo expuesto y a fin de adecuar el régimen de explotación a la transición entre los valores de CMP más elevados dispuestos en los años anteriores a 2017 y el actual, se estima conveniente modificar de manera transitoria, para el período anual 2016, el régimen de extinción de CITC de la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus).

 

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de los artículos 9°, 27 y 28 de la Ley N° 24.922.

 

Por ello,

 

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Incorpórase la siguiente disposición transitoria al Régimen específico de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus) establecido mediante la Resolución N° 2 del CONSEJO FEDERAL PESSQUERO, de fecha 7 de marzo de 2013:

“Disposición transitoria: Sustitúyese, de manera transitoria, el porcentaje establecido en el inciso b) del artículo 9° del Anexo de la Resolución N° 2 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, de fecha 7 de marzo de 2013, que para el período anual 2016 será del CINCUENTA Y CINCO POR CIENTO (55 %).”

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Tomás Martín Gerpe, Presidente. — Ricardo Ancell Patterson, Poder Ejecutivo Nacional. — Reina Y. J. Sotillo, Representante titular, Min. de Relaciones Exteriores y Culto. — María Silvia Giangiobbe, Representante Suplente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. — Francisco H. Di Leva, Provincia de Buenos Aires. — Néstor Adrián Awstin, Provincia del Chubut. — Carlos D. Liberman, Provincia de Santa Cruz. — Juan Antonio López Cazorla, Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-2-2013-CFP Incorpórase la siguiente disposición transitoria al Régimen específico de Cuotas Individuales Transferibles