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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Ley n° 26.112 |
14/06/2006 |
Fecha: |
06/07/2006 |
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Dependencia: |
LE-26112-2006-PLN |
Tema: |
IMPUESTOS |
Asunto: |
Modificación del artículo 7º de
la Ley de Impuesto al Valor
Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. |
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Sancionada: Junio 14 de
2006. |
Promulgada de Hecho: Julio
5 de 2006. |
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El Senado y Cámara de Diputados de
la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: |
ARTICULO
1° — Sustitúyese el primer párrafo del punto 1 del
inciso h) del primer párrafo del artículo 7° de
la Ley de Impuesto al Valor
Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por el siguiente: |
Las realizadas por el Estado nacional, las provincias, las
municipalidades y el Gobierno de
la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y por instituciones pertenecientes a los mismos o integrados
por dos o más de ellos, excluidos las entidades y organismos a que se refiere
el artículo 1° de
la Ley N° 22.016,
entendiéndose comprendidos en la presente exención a los fideicomisos
financieros constituidos en los términos de
la Ley N° 24.441, creados por los artículos 3° y 9° de
la Ley N° 25.300. |
ARTICULO
2° — Las disposiciones previstas por el artículo anterior, surtirán efecto: |
a)
En el caso del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde la fecha
en que dicha jurisdicción fue creada en sustitución de
la Municipalidad de
la Ciudad de Buenos Aires; |
b)
En el caso de los fideicomisos financieros creados por los artículos 3° y 9°
de
la Ley N° 25.300, desde la fecha de su constitución, excepto cuando
se trate de prestaciones realizadas por los mismos con anterioridad a la
fecha de publicación de la presente ley en el Boletín Oficial aplicando un
criterio distinto al dispuesto por ella, en las que habiéndose trasladado el
impuesto no se acreditare su restitución, en cuyo caso tendrán efecto para los
hechos imponibles que se perfeccionen a partir de dicha publicación. |
ARTICULO
3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. |
DADA
EN
LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES
DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS. |
—
REGISTRADA BAJO EL N° 26.112 — ALBERTO BALESTRINI. —
JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan Estrada. |
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