Detalle de la norma RG-3989-2017-AFIP
Resolución General Nro. 3989 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2017
Asunto Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias
Boletín Oficial
Fecha: 03/02/2017
Detalle de la norma

Resolución General 3989-E

 

Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias. Liquidación, ingreso e información de las sumas percibidas y/o del impuesto propio devengado. Régimen de información. R.G. 2111. Nueva versión de programas aplicativos.

 

Ciudad de Buenos Aires, 01/02/2017

VISTO la Resolución General N° 2.111, sus modificatorias y sus complementarias, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la norma del VISTO estableció el procedimiento aplicable para la determinación, liquidación e ingreso del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, y el cómputo del crédito derivado de su ingreso contra otros tributos.

 

Que asimismo, dispuso un régimen de información de operaciones no alcanzadas o exentas por parte de los agentes de liquidación y percepción del gravamen.

 

Que razones de administración tributaria hacen necesario disponer la utilización de una nueva versión de los programas aplicativos para la confección de las respectivas declaraciones juradas y el cumplimiento del aludido régimen de información.

 

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Recaudación y de Técnico Legal Impositiva, y la Dirección General Impositiva.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

 

Por ello,

 

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Los contribuyentes y responsables mencionados en el Artículo 8º de la Resolución General Nº 2.111, sus modificatorias y sus complementarias, a efectos de informar las percepciones practicadas y/o el impuesto propio devengado deberán utilizar, exclusivamente, el programa aplicativo denominado “CREDEB - Versión 3.0”.

 

ARTÍCULO 2° — A los fines del cumplimiento de la obligación de información prevista en el Artículo 20 de la Resolución General N° 2.111, sus modificatorias y sus complementarias, los responsables utilizarán el programa aplicativo denominado “CREDEB - VERSIÓN 2.0 - OPERACIONES EXENTAS”.

 

ARTÍCULO 3° — Los formularios de declaración jurada F.776 y F.778 generados, respectivamente, por los programas aplicativos mencionados en los artículos anteriores, se presentarán mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar), conforme al procedimiento establecido en la Resolución General N° 1.345, sus modificatorias y complementarias.

A los fines indicados en el párrafo precedente, los responsables utilizarán la respectiva “Clave Fiscal” obtenida de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución General N° 3.713.

 

ARTÍCULO 4° — Los programas aplicativos mencionados en los Artículos 1° y 2° se encontrarán disponibles en el referido sitio “web” y sus novedades, características, funciones y aspectos técnicos para su uso podrán consultarse en la opción “Aplicativos”.

 

ARTÍCULO 5° — Las disposiciones establecidas en esta resolución general entrarán en vigencia el 1 de abril de 2017 y resultarán de aplicación respecto de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— que se presenten a partir de dicha fecha.

No obstante, la información de las percepciones practicadas y/o el impuesto propio devengado —formulario de declaración jurada F. 776 original o rectificativa—, correspondiente a los períodos enero de 2009 y anteriores deberá confeccionarse utilizando el programa aplicativo “CREDEB - Versión 1.0 Release 9”.

 

ARTÍCULO 6° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-4032-2017-AFIP Modifica Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias. Resolución General N° 3.989
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RG-2111-2006-AFIP Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias