Resolución General
3988 – E
Impuesto al Valor
Agregado. Régimen de retención. Nómina de sujetos comprendidos. Resolución
General N° 2.854 y sus modificaciones. Norma modificatoria.
Ciudad de Buenos Aires,
01/02/2017
VISTO la Resolución
General N° 2.854 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada
norma se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado
aplicable a las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito
fiscal.
Que de acuerdo con lo
dispuesto en su Artículo 3° corresponde informar las designaciones de los
agentes de retención.
Que han tomado la
intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones
Generales de Asuntos Jurídicos, de Operaciones Impositivas del Interior y de
Fiscalización, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618
del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Modificase
el Anexo III de la Resolución General N° 2.854 y sus modificaciones, en la
forma que se detalla seguidamente:
- Incorpórase al contribuyente
que se indica a continuación:
“30-66095020-2 BODEGAS
FABRE S.A.”
ARTÍCULO 2° — Lo
establecido en el artículo anterior entrará en vigencia conforme lo dispuesto
en el segundo párrafo del artículo 3° de la referida norma.
ARTÍCULO 3° — Regístrese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Alberto R. Abad.