Disposición 1/2017
Buenos Aires,
11/01/2017
VISTO lo informado por la
Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación y;
CONSIDERANDO:
Que corresponde a la
Prefectura Naval Argentina en su calidad de policía de seguridad de la
navegación ser órgano de aplicación en el orden técnico de los convenios
internacionales sobre seguridad de la navegación y de los bienes y la vida
humana en el mar.
Que desde la entrada en
vigor de la Ordenanza Marítima N° 9/98 (DPSN) del Tomo 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL
BUQUE” titulada “MEDIOS DE REMOLQUE DE EMERGENCIA EN LOS BUQUES TANQUE” que
recepta las prescripciones de la regla 11-1/3-4 del Convenio Internacional para
la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, aprobado por la Ley 22.097, dicha
regla ha sido enmendada mediante las Resoluciones MSC. 132(75) y MSC.256 (84)
adoptadas por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima
Internacional.
Que es necesario
actualizar la normativa nacional existente a fin de incorporar las
disposiciones internacionales en la materia.
Que el órgano jurídico
competente ha tomado la correspondiente intervención.
Que la Prefectura Naval
Argentina se halla facultada para dictar el correspondiente acto
administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5°, inciso a),
apartado 2 de la Ley N° 18.398.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la
Ordenanza N° 1-17 (DPSN) del Tomo 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE” titulada
“PROCEDIMIENTOS Y MEDIOS DE REMOLQUE DE EMERGENCIA”, con su Agregado N° 1.
ARTÍCULO 2° — La presente
Ordenanza entrará en vigor una vez cumplidos los TREINTA (30) días computados
desde el siguiente al de la fecha consignada en el encabezamiento.
ARTÍCULO 3° — Derógase la
Ordenanza N° 9/98 (DPSN) del Tomo 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE” titulada
“MEDIOS DE REMOLQUE DE EMERGENCIA EN LOS BUQUES TANQUE”.
ARTÍCULO 4° — Por la
DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO se procederá a la publicación en el Boletín Oficial
de la República Argentina, impresión, distribución y difusión en el Sitio
INTERNET e INTRANET como Ordenanza N° 1-17 (DPSN), incorporándose al Tomo 1
“Régimen Técnico del Buque”. Posteriormente, corresponderá su archivo en el
Departamento Organización y Desarrollo. — Eduardo Rene Scarzello, Prefecto
General, Prefecto Nacional Naval. — Martín Pablo Ruiz, Prefecto General,
Director de Policía de Seguridad de la Navegación, E/A Director de
Planeamiento. — Luis Alberto Zecchin, Prefecto General, Director General de
Planeamiento y Desarrollo.
NOTA: El/los Anexo/s que
integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser
consultado/s en www.prefecturanaval.gov.ar