Resolución 429 -
E/2016
Ciudad de Buenos Aires,
26/12/2016
VISTO el Expediente N°
S05:0017810/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución N°
168 del 5 de mayo de 2016 modificada por su similar N° 321 del 7 de septiembre
de 2016, ambas del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente
mencionado en el Visto, la Dirección de Administración Financiera dependiente
de la Dirección General de Logística de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA solicita
la exención del pago del arancel previsto en el Anexo II de la Resolución N°
168 del 5 de mayo de 2016 modificada por su similar N° 321 del 7 de septiembre
de 2016, ambas del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, correspondiente al Código 142:
“EMISIÓN DE AUTORIZACIÓN OFICIAL DE INGRESO, TRÁNSITO INTERIOR O EGRESO DE
EMBALAJES DE MADERA”.
Que tal solicitud se funda
en que las destinaciones aduaneras se encuentran bajo el régimen del Decreto N°
2.921 del 22 de diciembre de 1970.
Que la Dirección Nacional
Técnica y Administrativa y la Dirección Nacional de Protección Vegetal, ambas
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, han evaluado la
posibilidad de exención y se han expedido favorablemente.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención
que le compete.
Que el suscripto es
competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades
conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y
sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO
DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la
exención de pago de los aranceles previstos en el Anexo II de la Resolución N°
168 del 5 de mayo de 2016 modificada por su similar N° 321 del 7 de septiembre
de 2016, ambas del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, correspondiente al Código 142:
“EMISIÓN DE AUTORIZACIÓN OFICIAL DE INGRESO, TRÁNSITO INTERIOR O EGRESO DE
EMBALAJES DE MADERA” a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
RICARDO BURYAILE, Ministro, Ministerio de Agroindustria.