Resolución 88/2016
Ref.: 18032 - 287 – 2016
Asunto: Disponer la venta
de la mercadería en subasta pública.
Buenos Aires, 22/12/2016
VISTO las Actuaciones
SIGEA 13693-245-2008, 15183-44-2009, 13693-338-2010, 13693-205-2008,
13693-350-2009, 13693-456-2009/1, 13693-151-2013, 13693-214-2011/3,
12201-345-2009, 13693-279-2009, 13693-91-2010/1, 13693-56-2007/1,
13693-53-2008/3, 13693-500-2009, 12064-15-2007/1, 13693-550-2009/1,
13693-308-2010/2, 17100-68-2015, 13693-94-2014, 13693-104-2010/1,
12201-781-2006, 12201-718-2005/2, 13673-29-2006, 13693-111-2010/1,
13693-525-2009, 12035-200-2007, 13693-102-2007, 13693-183-2010, 12201-596-2010,
12201-349-205/1, 13693-12-2006, 12201-501-2005, 15184-1082-2010, 13693-78-2013,
15183-44-2009, 12201-180-2011, 12201-922-2006, 12201-371-2009, 12064-9-2005,
14880-67-2008/1, 12064-132-2008/1, 12201-373-2009/2, 12041-451-2004/1,
12035-185-2009/1, 12201-101-2004/1, 12201-201-2005, 13693-152-2008,
12201-563-2007/1, 12101-712-2007, 13693-197-2007, 13693-328-2009/3, lo
dispuesto en los artículos 419, 422, 429 y 430 del Código Aduanero y la ley
25.603, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento
Procedimientos Legales Aduaneros se ha expedido en cada una de las actuaciones
citadas en el visto, ordenando comercializar la mercadería correspondiente a
las actas lote 08001ALOT000714C 08001ALOT000679M 0001ALOT000751T 76/0/2005
469/0/2004 146/0/2001 08001ALOT000489L 07001ALOT000334W 08001ALOT000641B
09001ALOT000766K 06001ALOT000375D 09001ALOT001067F 13001ALOT000133N
11001ALOT000218S 09001ALOT000681G 09001ALOT000571E 10001ALOT000212L
07001ALOT000190W 07001ALOT000190W 08001ALOT000177F 09001ALOT001161A
07001ALOT000103Z 09001ALOT001211T 1001ALOT0000835W 13001ALOT000071R
10001ALOT001169A 15622ALOT000294Y 14001ALOT000116S 10001ALOT000250N
06001ALOT000569X 05001ALOT000207T 06001ALOT000153U 10001ALOT000295W
10001ALOT000038R 299/0/2003 07001ALOT000348E 10001ALOT000441P 10001ALOT001165T
194/0/2005 06001ALOT000300Y 05001ALOT000044S 08001ALOT000679M 11001ALOT000157U
06001ALOT000753D 09001ALOT000882J 673/0/2004 08001ALOT000416B 08001ALOT000130R
09001ALOT000853H 524/0/2004 07001ALOT000634C 07001ALOT000651B 09001ALOT000669M
conforme la facultad conferida a esta Dirección General, y habiendo sido
previamente verificada, clasificada y valorada.
Que la comercialización
impulsada se efectuará en pública subasta, en los términos del convenio
celebrado entre la ex - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS y el BANCO CIUDAD DE
BUENOS AIRES para la comercialización de mercaderías a través de dicha entidad.
Que concluida la subasta
pública y los actos posteriores relativos a la misma, previos al archivo de las
actuaciones se deberá dar intervención a la División CONTROL EX ANTE para la
supervisión de lo actuado, en los términos de la Disposición AFIP N° 79/2015.
Que la mercadería en
cuestión no requiere la intervención previa de terceros organismos por parte
del comprador previo a su retiro a plaza.
Que la mercadería incluida
en la presente no reúne las características necesarias para ser encuadrada en
el art. 5° de la Ley 25.603, por no resultar de interés para el debido
cumplimiento de las actividades específicas asignadas a los diversos Organismos
del Estado Nacional.
Que la presente se dicta
en uso de las facultades conferidas por la Disposición AFIP N° 79/2016 y el
criterio establecido en la Nota N° 198/2016 (SDG OAM).
Por ello,
EL JEFE DE DIVISIÓN
DE LA DIVISIÓN GESTIÓN DE
SECUESTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Ordenar la
venta de las mercaderías que se detallan en 15 fojas contenidas en el Anexo I,
de la presente en el estado que se encuentran y se exhibe dicha mercadería, por
intermedio del BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES al valor base y con las
observaciones que en cada caso se indica.
ARTÍCULO 2° — La subasta
se efectuará en acto público en el SALÓN NUESTRA SEÑORA DE LOS BUENOS AIRES,
sito en Esmeralda 660, 3er. piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día
28 de diciembre de 2016.
ARTÍCULO 3° — Publicar en
el Boletín Oficial de la República Argentina la presente, por el plazo de un
(1) día, como así también en el sitio web oficial de la Administración Federal
de Ingresos Públicos.
ARTÍCULO 4° — Regístrese,
comuníquese. Cumplido, pase a la División CONTROL EX ANTE, para la supervisión
de lo actuado. Luego, de no mediar trámite ulterior archívese. — CAROLINA DEL
VALLE OLIVA, Div. Gestión de Secuestros.