Resolución General
3961
Procedimiento. Ley
N° 25.506. Firma Digital. Resolución General N° 2.674. Inscripción en el
registro de empresas proveedoras autorizadas. Nómina de dispositivos
criptográficos homologados.
Buenos Aires, 20/12/2016
VISTO la Ley N° 25.506, y
CONSIDERANDO:
Que la referida ley
reconoce la eficacia jurídica del empleo de la firma electrónica y de la firma
digital, estableciendo las características de su infraestructura en la
República Argentina.
Que la Resolución N° 88
del 17 de diciembre de 2008, de la entonces Secretaría de Gabinete y Gestión
Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, otorgó a la Administración
Federal de Ingresos Públicos la licencia para operar como Certificador
Licenciado.
Que mediante la Resolución
General N° 2.651, se dispuso el procedimiento relacionado con la emisión y
administración de los certificados digitales previéndose que, a los fines de la
obtención de los denominados “Clase 4”, se deberán utilizar dispositivos
criptográficos que cuenten con determinadas características.
Que en tal sentido, la
Resolución General N° 2.674 creó el “REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE
DISPOSITIVOS CRIPTOGRÁFICOS HOMOLOGADOS” y estableció los requisitos técnicos y
formales que las mismas deberán cumplir para su incorporación, así como para la
homologación de los diferentes dispositivos que podrán utilizarse.
Que los dispositivos
criptográficos a homologar han cumplido con los aspectos exigidos, por lo que
corresponde inscribir a la empresa proveedora en el citado “Registro”, debiendo
la misma —durante el lapso de validez de la homologación— observar las demás
obligaciones previstas por la normativa aplicable.
Que han tomado la
intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones
Generales de Asuntos Jurídicos, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios
al Contribuyente, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618
del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Incorpórase
en el “REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS
HOMOLOGADOS” creado por la Resolución General N° 2.674, a la empresa MS
ARGENTINA S.R.L. - C.U.I.T. N° 30-70936070-8.
ARTÍCULO 2° — De acuerdo
con lo previsto en el Artículo 4° de la Resolución General N° 2.674, se
homologan los dispositivos criptográficos cuyos datos identificatorios y
empresa proveedora se detallan a continuación:
DISPOSITIVOS CRIPTOGRÁFICOS
(Marca/Modelo/Versión)
|
EMPRESA PROVEEDORA
|
Athena
Smartcard, Inc.
IDProtect key with Laser PKI (TIDPUSBV2J)
Applet 3.0
|
MS ARGENTINA S.R.L.
C.U.I.T. N° 30-70936070-8
|
Athena
Smartcard, Inc.
IDProtect key with Laser PKI (TIDPTMINI72)
Applet 3.0
|
MS ARGENTINA S.R.L.
C.U.I.T. N° 30-70936070-8
|
ARTÍCULO 3° — La
autorización a la empresa proveedora para comercializar los dispositivos
homologados que se indican en el Artículo 2°, tendrá una validez de DIEZ (10)
años contados a partir del día de la publicación de esta resolución general en
el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumplan durante dicho plazo las
obligaciones previstas en la normativa vigente.
ARTÍCULO 4° — Regístrese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Alberto Abad.