Resolución 99/2016
Buenos Aires, 11/11/2016
VISTO el Expediente N°
112/2013 y su agregado por cuerda el Expediente N° 159/2016 ambos del Registro
del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), los
Decretos Nros. 375 de fecha 24 de abril de 1997, 500 de fecha 2 de junio de 1997,
ambos ratificados por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842 de fecha 27 de
agosto de 1997, los Decretos Nros. 163 de fecha 11 de febrero de 1998, 1799 de
fecha 4 de diciembre de 2007, las Resoluciones Nros. 12 de fecha 22 de marzo de
2006, 10 de fecha 30 enero de 2009, 46 de fecha 30 de junio de 2009 y 168 de
fecha 20 de noviembre de 2015, todas ellas de este Organismo Regulador, y
CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones
citadas en el Visto tramita la aplicación del Cuadro Tarifario aprobado por la
Resolución N° 168 de fecha 20 de noviembre de 2015 de este Organismo Regulador
en el Aeropuerto Internacional “PRESIDENTE PERÓN” de la Ciudad del NEUQUÉN,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, integrante del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA).
Que cabe considerar que
por la referida medida se aprobó el Cuadro Tarifario a aplicarse en los
aeropuertos que integran el SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) difiriendo la
entrada en vigencia del Cuadro Tarifario para los Aeropuertos: “ALMIRANTE ZAR”
de la Ciudad de TRELEW, PROVINCIA DEL CHUBUT; “COMANDANTE ESPORA” de la Ciudad
de BAHÍA BLANCA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES; “EL CALAFATE” de la Ciudad de EL
CALAFATE de la PROVINCIA DE SANTA CRUZ; “MALVINAS ARGENTINAS”, de la Ciudad de
USHUAIA de la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO
SUR; “PRESIDENTE PERÓN” de la Ciudad del NEUQUÉN de la PROVINCIA DEL NEUQUÉN,
en función de las tasas que estos perciban, teniendo en cuenta sus respectivos
contratos, dado que dichas concesiones se rigen por un marco normativo particular
continúan aplicando las tasas vigentes hasta tanto los Concesionarios y las
respectivas Autoridades de Aplicación, en forma conjunta con el ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), analicen las
implicancias del Cuadro Tarifario en sus respectivos marcos normativos.
Que el Concesionario
AEROPUERTOS DEL NEUQUÉN SOCIEDAD ANÓNIMA, por Nota de fecha 30 de diciembre de
2015, y el MINISTRO DE ENERGÍA, SERVICIOS PÚBLICOS Y RECURSOS NATURALES de la
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, por Nota de fecha 25 de enero de 2016, solicitan la
aplicación del Cuadro Tarifario aprobado por la Resolución ORSNA N° 168/15.
Que en ese contexto el
Concesionario AEROPUERTOS DEL NEUQUÉN SOCIEDAD ANÓNIMA y la PROVINCIA DEL
NEUQUÉN remiten a este Organismo Regulador la información contable, económica,
de precios vigentes y de evolución de tráfico de pasajeros correspondientes a
la concesión del Aeropuerto Internacional “PRESIDENTE PERÓN”.
Que la GERENCIA DE
REGULACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA (Providencia GREF N° 244/16) recuerda que la
administración, operación y explotación del Aeropuerto Internacional
“PRESIDENTE PERÓN” de la Ciudad del NEUQUÉN fue concesionada por la PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, mediante Decreto Provincial N° 1833/01, a la firma AEROPUERTOS DEL
NEUQUÉN SOCIEDAD ANÓNIMA por un plazo de VEINTE (20) años, venciendo en octubre
del año 2021, contemplando la posibilidad de una prórroga de CINCO (5) años.
Que en función de ello, el
Concesionario percibe las siguientes tasas aeronáuticas: TASA DE ATERRIZAJE, TASA
DE ESTACIONAMIENTO DE AERONAVES, TASA DE USO DE PASARELA TELESCÓPICAS y la TASA
DE USO DE AEROSTACIÓN DE CABOTAJE E INTERNACIONAL.
Que la GERENCIA DE
REGULACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA manifiesta que actualmente, los pasajeros que
inician su vuelo en el aeropuerto en cuestión abonan una TASA DE USO DE
AEROSTACIÓN DE CABOTAJE (TUA) de PESOS CATORCE CON 50/100 ($ 14,50) más
Impuesto al Valor Agregado (IVA) y una TASA DE USO DE AEROSTACIÓN INTERNACIONAL
(TUAI) de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTINUEVE (U$S 29) valores que entraron en
vigencia con la Resolución N° 46 de fecha 30 de junio de 2009 de este Organismo
Regulador por la cual se dispuso la entrada en vigencia del Cuadro Tarifario
oportunamente aprobado por Resolución N° 10 de fecha 30 de enero de 2009
también de este Organismo Regulador.
Que asimismo, cabe
recordar que por Resolución N° 12 de fecha 22 de marzo de 2006 de este
Organismo Regulador se aprobó la contribución por mejoras denominada por la
PROVINCIA DEL NEUQUÉN “SOBRETASA PARA EL MEJORAMIENTO Y DESARROLLO DE LA
INFRAESTRUCTURA” a ser abonado por los pasajeros de vuelos de cabotaje, cuyo
valor asciende a la suma de PESOS SEIS CON 53/100 ($ 6,53) más el Impuesto al
Valor Agregado (IVA).
Que informa el área
técnica que la adecuación normativa implica que la TASA DE USO DE AEROSTACIÓN
DE CABOTAJE (TUA) pasaría a tener un valor de PESOS VEINTINUEVE CON 73/100 ($
29,73) y la TASA DE USO DE AEROSTACIÓN INTERNACIONAL (TUAI) de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y SIETE (U$S 57).
Que por otra parte, el
Cuadro Tarifario aprobado por Resolución ORSNA N° 168/15 dispuso la creación de
una nueva categoría tarifaria correspondiente a las aeronaves cuyo peso máximo
de despegue resulta ser de hasta DOCE (12) toneladas.
Que habiendo efectuado el
análisis correspondiente, la GERENCIA DE REGULACIÓN ECONÓMICO Y FINANCIERA
manifiesta que corresponde hacer extensivo al Aeropuerto Internacional
“PRESIDENTE PERÓN” de la Ciudad del NEUQUÉN de la PROVINCIA DEL NEUQUÉN el
Cuadro Tarifario aprobado por la Resolución ORSNA N° 168/15.
Que cabe tener presente
que por el Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997, se creó el ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) y el SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (SNA), llamándose a licitación internacional para la explotación,
administración y funcionamiento del Grupo “A” de Aeropuertos del SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA).
Que de acuerdo a lo
dispuesto por el citado decreto, este Organismo Regulador posee entre sus
principios y objetivos de gestión, entre otros el de: “Asegurar que las tarifas
que se apliquen por los servicios aeroportuarios prestados sean justas,
razonables y competitivas” (Artículo 14, Inciso b) como así también el de:
“Propender a la obtención de la infraestructura aeroportuaria adecuada para
satisfacer las necesidades de la actividad aeronáutica y asegurar su eficiente
explotación” (Artículo 14, Inciso e); como así también: “Establecer las normas,
sistemas y procedimientos técnicos requeridos para administrar, operar,
conservar y mantener los aeropuertos integrantes del SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (SNA) y controlar su cumplimiento” (Artículo 17, Inciso 1).
Que asimismo una de las
funciones específicas atribuidas al Organismo Regulador para el ejercicio de
sus objetivos en su norma de creación, es la de: “Establecer las bases y
criterios para el cálculo de las tasas y aprobar los correspondientes cuadros
tarifarios para lo cual tomará las medidas necesarias a fin de determinar las
metodologías de asignación de costos e ingresos que permitan evaluar la
razonabilidad de las tarifas a aplicar” (Artículo 17, Inciso 7).
Que la GERENCIA DE ASUNTOS
JURÍDICOS, ha tomado la debida intervención.
Que el ORGANISMO REGULADOR
DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) es competente para el dictado de la
presente, conforme lo dispone el Artículo 3° de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos N° 19.549 y demás normativa citada
precedentemente.
Que en Reunión Abierta de
Directorio de fecha 11 de noviembre de 2016 se ha considerado el asunto,
facultándose al suscripto a dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTORIO
DEL ORGANISMO REGULADOR
DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Disponer la
aplicación del Cuadro Tarifario aprobado por la Resolución N° 168 de fecha 20
de noviembre de 2015 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA) en el Aeropuerto Internacional “PRESIDENTE PERÓN” de la
Ciudad del NEUQUÉN, PROVINCIA DEL NEUQUÉN, el cual regirá a partir del 1° de
enero de 2017.
ARTÍCULO 2° — Regístrese,
notifíquese a la PROVINCIA DEL NEUQUÉN, al Concesionario AEROPUERTOS DEL
NEUQUÉN SOCIEDAD ANÓNIMA, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y cumplido, archívese. — Lic. PATRICIO DI STEFANO, Presidente,
Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos, O.R.S.N.A.