Detalle de la norma RE-11-2016-CFP
Resolución Nro. 11 Consejo Federal Pesquero
Organismo Consejo Federal Pesquero
Año 2016
Asunto Modificar las autorizaciones de captura limitadas para la especie langostino 
Boletín Oficial
Fecha: 18/10/2016
Detalle de la norma

Resolución 11/2016

 

Buenos Aires, 22/09/2016

 

VISTO la Ley N° 24.922, y:

 

CONSIDERANDO:

 

Que la pesquería de langostino (Pleoticus muelleri) ha presentado, a partir de 2008, un incremento de las capturas anuales, que ha significado pasar de CUARENTA Y CINCO MIL (45.000) toneladas en 2007 a CIENTO VEINTISIETE MIL (127.000) toneladas en 2014, CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL (145.000) toneladas en 2015, alcanzando a la fecha las CIENTO TRECE MIL (113.000) toneladas.

 

Que la política de reducción del esfuerzo aplicada en transferencias de permisos de pesca y en reformulaciones de proyectos pesqueros ha conducido a la aplicación de cupos anuales restrictivos a buques dedicados a la captura de la especie mencionada, en el contexto indicado precedentemente.

 

Que a fin de lograr un balance adecuado entre la política de reducción de esfuerzo y el incremento sostenido en los últimos años de las capturas de la especie, resulta conveniente atender a la situación actual de abundancia del recurso, con relación a los cupos anuales fijados sobre la base de capturas históricas, conjugando así el máximo aprovechamiento racional del recurso con la sustentabilidad de la actividad pesquera, como plantea la Ley 24.922.

 

Que, de conformidad con lo previsto en la Resolución N° 12 de este Consejo, de fecha 3 de diciembre de 2015, para alcanzar dicho objetivo se considera adecuado suprimir temporariamente para el corriente período anual, los límites a las autorizaciones de captura de la especie langostino (Pleoticus muelleri).

 

Que sin perjuicio de lo expuesto, la situación examinada en la presente resolución de manera temporal, forma parte de los contenidos que definirá el plan de manejo de la pesquería, que se encuentra bajo análisis de la Autoridad de Aplicación de la Ley 24.922.

 

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de los artículos 9°, incisos a) y d), 17 y 27 de la Ley N° 24.922.

 

Por ello,

 

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Modificar las autorizaciones de captura limitadas para la especie langostino (Pleoticus muelleri) de los buques que se dedican a la pesca de esta especie, dejando sin efecto dicho límite para el año 2016.

 

ARTÍCULO 2° — La captura de un buque en exceso de su autorización de captura, en el marco de la presente resolución, no generará derecho ni antecedente para el caso de su eventual reemplazo o reformulación de su proyecto pesquero.

 

ARTÍCULO 3° — El CONSEJO FEDERAL PESQUERO evaluará la abundancia del recurso, la evolución de la pesquería, y las limitaciones de captura de los buques en el plan de manejo para la pesquería de la especie.

 

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. TOMAS MARTIN GERPE, Presidente, Consejo Federal Pesquero. — Ing. RICARDO ANCELL PATTERSON, Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero. — Lic. JORGE A. PARIS, Provincia de Buenos Aires. — Mtro. REINA Y. J. SOTILLO, Representante Titular, Min. de Relaciones Exteriores y Culto, Consejo Federal Pesquero. — Dr. CARLOS D. LIBERMAN, Provincia de Santa Cruz. — Dr. ALBERTO GILARDINO, Provincia del Chubut.