Detalle de la norma AA-11-2016-MREC
Acuerdo Nro. 11 Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Organismo Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Año 2016
Asunto Programa ejecutivo cultural entre Argentina y Brasil
Boletín Oficial
Fecha: 14/10/2016
Detalle de la norma

AA-11-2016-MREC

 

Buenos Aires, 11 de octubre de 2016

 

PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY N° 24.080

 

INSTRUMENTOS BILATERALES QUE NO REQUIRIERON APROBACIÓN LEGISLATIVA PARA SU ENTRADA EN VIGOR

 

• PROGRAMA EJECUTIVO CULTURAL ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL PARA EL PERÍODO 2016-2018.

Firma: Buenos Aires, 3 de octubre de 2016.

Vigor: 3 de octubre de 2016.

Se adjunta copia de su texto.

LILIANA N. ROCHE, Ministra, Directora de Tratados.

 

PROGRAMA EJECUTIVO CULTURAL

ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Y

LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL

PARA EL PERÍODO 2016-2018

La República Argentina y la República Federativa del Brasil (en adelante denominados “Partes”),

En el ámbito del Convenio de Integración Cultural entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Federativa del Brasil firmado el 10 de noviembre de 1997,

Acuerdan:

 

ARTÍCULO I

Disposición General

Las Partes desarrollarán acciones de intercambio y divulgación cultural mutua en las áreas de artes visuales, música, cine, teatro, literatura y diseño.

 

ARTÍCULO II

Artes Visuales

Las Partes deberán promover, al menos una vez por año, la participación de artistas de sus respectivos países en programas de residencia artística desarrollados por instituciones representativas del arte contemporáneo de la otra Parte Contratante.

 

ARTÍCULO III

Música

1. Las Partes deberán apoyar el intercambio de experiencias en el área de la música, por medio de la realización anual de workshops de músicos brasileños en universidades argentinas y de músicos argentinos en universidades brasileñas.

2. Las Partes podrán estimular conciertos conjuntos con músicos de ambas Partes en terceros países.

 

ARTÍCULO IV

Cine

Las Partes manifiestan su interés en la organización anual de muestras de películas de sus respectivas cinematografías, sean estas cortometrajes y/o largometrajes (documentales, ficción y animación).

 

ARTÍCULO V

Teatro

1. Las Partes deberán apoyar, al menos una vez por año, la realización de lecturas dramáticas de obras clásicas y contemporáneas de sus respectivos países en festivales, teatros y centros culturales situados en el territorio de la otra Parte Contratante.

 

ARTÍCULO VI

Literatura

1. Las Partes incentivarán el intercambio literario, promoviendo debates entre dos escritores brasileños y dos escritores argentinos en las principales Ferias y Bienales del Libro realizadas en los territorios de ambas Partes, al menos una vez por año.

2. Durante la vigencia del presente Programa Ejecutivo deberán ser traducidas y publicadas, anualmente, dos obras literarias de cada Parte en el territorio de la otra Parte (una obra literaria destinada al público adulto y una obra destinada al público infanto-juvenil).

 

ARTÍCULO VII

Diseño

Las Partes apoyarán y promoverán el intercambio de profesionales, profesores y estudiantes del área del diseño, por medio de la realización de talleres, cursos, concursos y charlas en universidades situadas en el territorio de la otra Parte.

 

ARTÍCULO VIII

Centros Culturales

Las Partes darán continuidad a la cooperación y la coordinación en apoyo al desarrollo de las actividades del Centro Cultural Brasil-Argentina.

 

ARTÍCULO IX

Consideraciones Finales

1. Las Partes organizarán, periódicamente, reuniones de consulta, planificación y seguimiento de los proyectos culturales a ser realizados por ambos países en el ámbito de este Programa Ejecutivo Cultural.

2. Los proyectos y actividades previstos en el presente Programa Ejecutivo serán implementados, caso a caso, por vía diplomática, de acuerdo con las disponibilidades financieras de las Partes.

3. El presente Programa Ejecutivo no excluye la realización de otras actividades o proyectos de cooperación en el campo de la cultura, los cuales deberán ser acordados por vía diplomática.

4. Cualquier disputa que pueda surgir entre las Partes con relación a la interpretación y a la implementación de este Programa Ejecutivo será solucionada por vía diplomática.

5. El presente Programa Ejecutivo entrará en vigor en la fecha de su firma y estará vigente hasta el día 31 de diciembre de 2018.

Firmado en Buenos Aires, el día 3 de octubre de 2016, en dos originales, en español y en portugués siendo todos los textos igualmente auténticos.

 

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Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona LE-24080-1992-PLN Programa ejecutivo cultural entre Argentina y Brasil