Resolución 60 -
E/2016
Ciudad de Buenos Aires,
11/10/2016
VISTO el Ex - 01457154 del
Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Decreto N° 2.284 del 31 de octubre
de 1991, modificado por su similar N° 2.488 del 26 de noviembre de 1991, ambos
ratificados por la Ley N° 24.307, el Decreto N° 2.266 del 29 de octubre de
1991, modificado por su similar N° 1.172 del 10 de julio de 1992, la Resolución
N° 60 del 27 de diciembre de 2007 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN,
modificada por su similar N° 80 del 10 de febrero de 2009 de la ex-SECRETARÍA
DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, el Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY
de las Negociaciones de Acceso a los Mercados sobre Agricultura entre los
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y la REPÚBLICA ARGENTINA, firmado en la Ciudad de
Ginebra (CONFEDERACIÓN SUIZA) el 24 de agosto de 1994 dentro del marco del
ACUERDO GENERAL SOBRE TARIFAS Y COMERCIO (GATT), y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del
Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY de las
Negociaciones de Acceso a los Mercados sobre Agricultura, los ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA asignaron a la REPÚBLICA ARGENTINA un cupo tarifario anual de Pasta de
Maní de TRES MIL SEISCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (3.650 t.)
Que por medio de la
Resolución N° 60 del 27 de diciembre de 2007 de la ex-SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRODUCCIÓN, se creó el Registro para las Empresas Exportadoras para aquellas
empresas que deseen acceder a dicho cupo.
Que el Artículo 2° de la
resolución citada precedentemente establece que el referido registro
permanecerá abierto entre el 1° y el 31 de octubre de cada año.
Que en orden a la citada
normativa, corresponde proceder a la apertura del Registro para las Empresas
Exportadoras para el cupo tarifario correspondiente para el año 2016.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención
que le compete.
Que la suscripta es
competente para el dictado del presente acto en virtud de las facultades que le
otorga del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE MERCADOS
AGROINDUSTRIALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Procédase a
la apertura del Registro, que tendrá lugar entre el 1 y el 31 de octubre de
2016, para las empresas interesadas en la exportación de Pasta de Maní a los
Estados Unidos de América, correspondiente al cupo tarifario de TRES MIL
SEISCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (3.650 t.) para el año 2017, en el marco de las
disposiciones de la Resolución N° 60 de fecha 27 de diciembre de 2007 de la
ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, modificada por su similar N° 80 del 10 de febrero de
2009 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del
entonces MINISTERIO DE Producción
ARTÍCULO 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
DELIA MARISA BIRCHER, Secretaria, Secretaría de Mercados Agroindustriales,
Ministerio de Agroindustria.