Detalle de la norma RE-30-2016-DGA
Resolución Nro. 30 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2016
Asunto Autorícese a Graciela Teresa MOLINA, a operar por única vez P.A. 7321.89.00.100R
Boletín Oficial
Fecha: 12/10/2016
Detalle de la norma

Resolución 30/2016

 

Asunto: Aduana Especializada. Resolución General AFIP N° 1924/05, modificada por Resolución N° 03/10 (DGA). Otorga excepción en los términos del Art. 6°.

 

Buenos Aires, 06/10/2016

 

VISTO la Actuación SIGEA N° 12808-275-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la actuación citada en el VISTO, se presenta la Sra. Graciela Teresa MOLINA, CUIT N° 27-10800899-2, en su propia representación como Importadora/Exportadora, solicitando la autorización para la importación por ante la División Aduana COMODORO RIVADAVIA de la mercadería correspondiente a la Posición Arancelaria NCM / SIM 7321.89.00 100R, bajo el Régimen de “Aduanas Especializadas” establecido por la Resolución General AFIP 1924/05 y modificatorias.

 

Que, fundamenta su pedido en razones de índole logísticas, económicas y operativas, toda vez que la mercadería se encuentra amparada por la declaración 16014SIM1000163F, la cual se encuentra autorizada.

 

Que atento las razones expuestas, y con la conformidad brindada por la División Aduana COMODORO RIVADAVIA, cuya admisión cuenta con la opinión favorable de la Dirección Regional Aduanera PATAGÓNICA, sería procedente autorizar el requerimiento realizado. Ello así, por cuanto la mercadería objeto de la excepción no afecta la finalidad tenida en cuenta al instituirse el Régimen en trato, contando la Aduana citada con los recursos humanos calificados y necesarios para la verificación de la mercadería.

 

Que ha tomado la debida intervención la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, en los términos de la Instrucción General Conjunta N° 01/2006 (SDG OAI) y N° 01/2006 (SDG TLA), propiciando la citada excepción.

 

Que el presente acto administrativo, se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 6° de la Resolución General AFIP 1924/05 y el Artículo 2° de la Disposición N° 290/2016 (AFIP).

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS

A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Autorícese a Graciela Teresa MOLINA, CUIT N° 27-10800899-2, a documentar la mercadería encuadrada en la Posición Arancelaria 7321.89.00.100R, por la División Aduana COMODORO RIVADAVIA, debiendo a tal efecto invocar la ventaja “ADUESPEXCVEN”.

 

ARTÍCULO 2°. — La mercadería objeto de la presente tramitará por canal rojo de selectividad.

 

ARTÍCULO 3° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Remítanse copias a la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, a la Dirección Regional Aduanera PATAGÓNICA a los fines de su conocimiento y a la División Arancel Informático, dependiente de la Dirección de Técnica, para su intervención. Gírese a la División Aduana COMODORO RIVADAVIA a los fines de su conocimiento, notificación al peticionante y aplicación. Cumplido, agréguese el presente a la Actuación SIGEA N° 12808-275-2016, y archívese por la Dependencia citada en último término. — Lic. JAVIER ZABALJÁUREGUI, Director General de Aduanas, a cargo de la Dirección General de Aduanas.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RG-1924-2005-AFIP Autorícese a Graciela Teresa MOLINA, a operar por única vez P.A. 7321.89.00.100R