Disposición
1017/2016
Buenos Aires, 08/09/2016
VISTO el Expediente N°
S05:0080094/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Disposición
N° 0975 del 26 de agosto de 2016 de la Dirección Nacional de Agroquímicos,
Productos Veterinarios y Alimentos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
y
CONSIDERANDO:
Que habiéndose deslizado
una omisión material involuntaria en lo que respecta al artículo de forma de la
mencionada Disposición N° 0975/2016, corresponde proceder a sustituir su
Artículo 3°, para su debida publicación en el Boletín Oficial.
Que el suscripto se
encuentra facultado para el dictado del presente acto, conforme lo establecido
por el Anexo II del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido
por sus similares Nros. 825 del 10 de junio de 2010 y 354 del 4 de abril de
2013, y en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución N° 2.162
del 29 de noviembre de 2000 y 257 del 27 de noviembre de 2003, ambas del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y de conformidad con lo
prescripto en el Artículo 101 del Decreto N° 1.759/72, T.O. 1991, reglamentario
de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE AGROQUÍMICOS, PRODUCTOS
VETERINARIOS Y ALIMENTOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Sustitución.
Sustitúyase el Artículo 3° de la Disposición N° 0975 del 26 de agosto de 2016
de la Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el que quedará
redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3°.- De forma. Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.”.
ARTÍCULO 2° — De forma.
Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Dr. EDUARDO ANTONIO BUTLER, Director Nacional de Agroquímicos,
Productos Veterinarios y Alimentos, SENASA.