Detalle de la norma RE-23-2016-DGA
Resolución Nro. 23 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2016
Asunto Autorícese a la firma SNA E ARGENTINA S.R.L a documentar P.A. por la Aduana de Santa Fe
Boletín Oficial
Fecha: 02/09/2016
Detalle de la norma

Resolución 23/2016

 

Asunto: Aduana Especializada. Resolución General AFIP N° 1924, modificada por Resolución N° 03/10 (DGA). Otorga excepción en los términos del Art. 6°.

 

Buenos Aires, 31/08/2016

 

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA N° 12522-113-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la actuación citada en el VISTO, se presenta el Sr. Fernando Montengro, en su carácter de representante legal de la firma SNA E ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30-50203411-8, solicitando la autorización para la importación por ante la División Aduana SANTA FE de mercaderías correspondientes a determinadas Posiciones Arancelarias NCM / SIM, bajo el Régimen de “Aduanas Especializadas” establecido por la Resolución General AFIP 1924 y modificatorias.

 

Que, fundamenta su pedido en que tales mercaderías son de importación habitual de la firma y en la necesidad de poder nacionalizar las mismas en la jurisdicción de su planta industrial, por razones de necesidad logística, las cuales se encuentran apoyadas y ratificadas por la Unión Industrial de Santa Fe y la Cámara de Comercio Exterior de Santa Fe.

 

Que atento las razones expuestas, y con la conformidad brindada por la División Aduana SANTA FE, cuya admisión cuenta con la opinión favorable de la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA, sería procedente autorizar el requerimiento realizado. Ello así, por cuanto las mercaderías objeto de la excepción no afectan la finalidad tenida en cuenta al instituirse el Régimen en trato, contando la Aduana citada con los recursos humanos calificados y necesarios para la verificación de la mercadería.

 

Que ha tomado la debida intervención la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, en los términos de la Instrucción General Conjunta N° 01/2006 (SDG OAI) y N° 01/2006 (SDG TLA), propiciando la citada excepción.

 

Que el presente acto administrativo, se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 6° de la Resolución General AFIP 1924/05.

 

Por ello;

 

EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS

A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Autorícese a la firma SNA E ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30-50203411-8, a documentar las mercaderías encuadradas en el Capítulo 82 y en las Partidas Arancelarias 4202 y 9017, por la División Aduana SANTA FE, debiendo a tal efecto invocar la ventaja “ADUESPEXCVEN”.

 

ARTÍCULO 2° — La mercadería objeto de la presente tramitará por canal rojo de selectividad.

 

ARTÍCULO 3° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Remítanse copias a la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, a la Dirección Regional Aduanera HIDROVÍA a los fines de su conocimiento y a la División Arancel Informático dependiente de la Dirección de Técnica, para su intervención. Gírese a la División Aduana SANTA FE a los fines de su conocimiento, notificación al peticionante y aplicación. Cumplido, archívese por la Dependencia citada en último término. — Lic. JAVIER ZABALJÁUREGUI, Director General de Aduanas, a cargo de la Dirección General de Aduanas.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RG-1924-2005-AFIP Autorícese a la firma SNA E ARGENTINA S.R.L a documentar P.A. por la Aduana de Santa Fe