Detalle de la norma DI-3409-1999-ANMAT
Disposición Nro. 3409 Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Organismo Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Año 1999
Asunto Drogas que podrán ser fraccionados, elaborados y comercializados con destino al comercio interjurisdiccional por laboratorios habilitados
Boletín Oficial
Fecha: 12/07/1999
Detalle de la norma

DI-3409-1999-ANMAT

 

DROGAS Y MEDICAMENTOS - NORMAS -

 

Publicada en el Boletín Oficial del 12-julio-1999   

Número: 29184   

Página: 12

 

SUMARIO: SE ESTABLECE QUE DETERMINADAS DROGAS Y MEDICAMENTOS OFICIALES, CODIFICADOS EN LA VIGENTE EDICION DE LA FARMACOPEA NACIONAL ARGENTINA, SOLO SE PODRAN FRACCIONAR, ELABORAR Y COMERCIALIZAR POR ESTABLECIMIENTOS HABILITADOS O RECONOCIDOS PARA TAL FIN POR LA ANMAT.-

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DI-8417-2016-ANMAT Deroga Drogas que podrán ser fraccionados, elaborados y comercializados con destino al comercio interjurisdiccional por laboratorios habilitados