Detalle de la norma RE-45-2016-SMA
Resolución Nro. 45 Secretaría de Mercados Agroindustriales
Organismo Secretaría de Mercados Agroindustriales
Año 2016
Asunto Redistribúyese la cantidad de 2.380,97 tn de azúcar crudo con destino a EEUU
Boletín Oficial
Fecha: 01/08/2016
Detalle de la norma

Resolución 45 - E/2016

 

Redistribúyese la cantidad de 2.380,97 tn de azúcar crudo con destino a EEUU

 

Bs. As., 26/07/2016

 

VISTO el Expediente N° S05:0027119/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución N° 512 de fecha 1 de agosto de 1997 de la ex -SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, modificada por la Resolución N° 94 de fecha 23 de septiembre de 2002 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que anualmente el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA adjudica a nuestro país una cuota de exportación de azúcar crudo.

 

Que para el período 2015/2016 dicha cuota ha sido fijada en CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTAS OCHENTA Y UNA TONELADAS (45.281 t), que deducido el margen de polarización, comprendió la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTAS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y SEIS TONELADAS (43.243,36 t).

 

Que dicha cuota fue distribuida en su totalidad a través de la Resolución N° 497 de fecha 2 de noviembre de 2015 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

 

Que la Oficina del Representante de Comercio de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USTR) anunció el 8 de marzo de 2016 una reasignación de Ochenta y seis mil quinientas treinta y tres TONELADAS (86.533 t), de azúcar crudo a ciertos países proveedores dentro de la cuota arancelaria para el año fiscal 2016 (1 de octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2016).

 

Que a raíz de ello, la REPÚBLICA ARGENTINA recibió una cuota adicional de Tres mil ochocientas ochenta y cuatro TONELADAS (3.884 t), que deducido el margen de polarización comprendió la cantidad de TRES MIL SETECIENTAS NUEVE CON VEINTIDÓS TONELADAS (3.709,22 t).

 

Que dicha cuota fue distribuida en su totalidad a través de la Resolución N° 23 de fecha 27 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

 

Que la Oficina del Representante de Comercio de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USTR) anunció el 27 de mayo de 2016 una reasignación de CIENTO VEINTISIETE MIL SEIS TONELADAS (127.006 t), de azúcar crudo a ciertos países proveedores dentro de la cuota arancelaria para el año fiscal 2016 (1 de octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2016).

 

Que a raíz de ello, la REPÚBLICA ARGENTINA recibió una cuota adicional de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE TONELADAS (6.159 t), que deducido el margen de polarización comprende la cantidad de CINCO MIL OCHOCIENTAS OCHENTA Y UNA CON OCHENTA Y CINCO TONELADAS (5.881,85 t).

 

Que dicha cuota fue distribuida en su totalidad a través de la Resolución N° 43 de fecha 1 de julio de 2016 de la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

 

Que de acuerdo a lo informado por la Dirección General impositiva (DGI), dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) entidad autárquica en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, las razones sociales AZUCARERA JUAN M. TERAN S.A. (C.U.I.T. N° 30-52544202-7) y JOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A.C.I. (C.U.I.T. N° 30-52543681-7) no han regularizado su situación impositiva y previsional ante dicho Organismo.

 

Que en consecuencia, corresponde por el presente acto administrativo redistribuir el saldo total de DOS MIL TRESCIENTAS OCHENTA CON NOVENTA Y SIETE TONELADAS (2.380,97 t) asignado a las citadas razones sociales, cuyo ingreso a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA deberá concretarse hasta el 30 de septiembre de 2016 inclusive.

 

Que a los efectos de dicha distribución se tienen en cuenta las exportaciones realizadas al mercado mundial durante el año 2015 sin computar la cuota americana.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

 

Por ello,

 

LA SECRETARIA

DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Redistribúyese la cantidad de DOS MIL TRESCIENTAS OCHENTA CON NOVENTA Y SIETE TONELADAS (2.380,97 t) de azúcar crudo con polarización no menor de NOVENTA Y SEIS GRADOS (96°) con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, amparada por Certificados de Elegibilidad para el período 2015/2016, conforme el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 2° — La cantidad a exportar expresada en el Artículo 1° de la presente resolución deberá ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, hasta el 30 de septiembre de 2016 inclusive.

 

ARTÍCULO 3° — El incumplimiento total o parcial de la cuota asignada dará lugar automáticamente a la eliminación de los infractores en la distribución de la próxima cuota.

 

ARTÍCULO 4° — En caso de cesiones de cuota únicamente entre los beneficiarios de la misma, los acuerdos deberán ser comunicados a la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA con la conformidad del cedente y del cesionario antes de solicitar el Certificado de Elegibilidad. Las cesiones contemplan la cesión de la cuota y del Certificado de Elegibilidad respectivo.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —DELIA MARISA BIRCHER, Secretaria, Secretaría de Mercados Agroindustriales.

 

ANEXO

Redistribución de la segunda cuota ampliatoria americana 2015/2016

 

Razón Social

Azúcar Exportado al Mercado Mundial en 2015 (Toneladas a valor crudo)

Participación (%)

Distribución (Toneladas a valor crudo)

ATANOR S.C.A.

9.866,62

14,17%

337,49

CÍA. INVERSORA INDUSTRIAL S.A.

19.566,95

28,11%

669,30

INGENIO RIO GRANDE S.A. CIA. ARG.

502,50

0,72%

17,19

INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A.

5.821,81

8,36%

199,14

LEDESMA S.A.A.I.

20.992,27

30,16%

718,05

PROSAL S.A.

12.857,85

18,47%

439,81

TOTAL

69.608,00

100%

2.380,97