Detalle de la norma CO-11295-2016-BCRA
Comunicación Nro. 11295 Banco Central de la República Argentina
Organismo Banco Central de la República Argentina
Año 2016
Asunto Programa de Competitividad de Economías Regionales (PROCER)
Boletín Oficial
Fecha: 26/07/2016
Detalle de la norma

Comunicación “B” 11295/2016

 

Ref.: Programa de Competitividad de Economías Regionales (PROCER). Modificación al texto de la Comunicación “B” 11058.

 

23/06/2016

 

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

 

Nos dirigimos a Uds. con relación al Programa de Competitividad de Economías Regionales (PROCER), que originó oportunamente la emisión de las Comunicaciones “A” 5754, “B” 11058 y sus modificatorias.

Al respecto llevamos a su conocimiento que el Ministerio de Producción, a través de la Resolución N° 196/2016, resolvió incorporar a la Unidad Ejecutora Central del Programa (UEC) en el ámbito de la Subsecretaría de Políticas de Desarrollo Productivo de la Secretaría de la Transformación Productiva del referido Ministerio. Por lo tanto, en todo caso donde se mencione a la ex Subsecretaría de Coordinación Económica deberá reemplazarse tal mención por la precitada Subsecretaría de Políticas de Desarrollo Productivo.

Asimismo, debido a la modificación del Reglamento Operativo del Programa, corresponde efectuar las siguientes modificaciones y aclaraciones a la normativa vigente:

1. Sustituir el punto 2.4.1.2. i) de la Comunicación “B” 11058 por el siguiente:

“2.4.1.2. i) Dos copias de la nota de elegibilidad vigente del proyecto emitida por la Unidad Ejecutora Central.”

2. Reemplazar el punto 2.6.1. iv. c) de la Comunicación “B” 11058 por el siguiente:

“2.6.1. iv) Documentos.

c) Los pagarés y todo otro instrumento transmisible por vía de endoso deberán cederse con la leyenda “Valor Endosado a favor de la Subsecretaría de Políticas de Desarrollo Productivo dependiente del Ministerio de Producción”.”

3. Sustituir el punto 4.6. de la comunicación “B” 11058, referido a los “Cronogramas Globales de Amortización”, por el siguiente:

“4.6. La información será proporcionada por las entidades financieras en forma impresa (suscripta por los respectivos autorizados conforme el presente régimen) y en CD. Los cronogramas deberán ser confeccionados en planilla de cálculo Excel.”

4. Reemplazar el cuadro de “Lineamientos a priorizar” integrante del Anexo I de la Comunicación “B” 11058 por el cuadro que se adjunta a la presente Comunicación.

5. Eliminar del Anexo II de la Comunicación “B” 11058 - Solicitud de Adelanto de fondos el inciso a) de la Cláusula TERCERA: OBLIGACIONES.

6. Con relación a las Restricciones en el uso de los recursos del Programa detalladas en el punto 1.1.6. de la Comunicación “A” 5754, se aclara que su inciso 13., referido a la adquisición de campos y terrenos, sólo se aplica a los fondos BID y no a los aportes locales definidos en el punto 1.1.4.2. de la precitada Comunicación “A”.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

GERARDO GRAZIANO, Gerente de Créditos. — AGUSTÍN COLLAZO, Subgerente General de Operaciones a/c.

ANEXO

 

B.C.R.A.

DESTINO DE LOS PROYECTOS A COFINANCIAR CON FONDOS DEL PROGRAMA

Anexo a la Com. “B” 11295

 

LINEAMIENTOS A PRIORIZAR POR EL PROGRAMA

A continuación se listan los lineamientos por complejo regional que serán priorizados en la operatoria:

 

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