Resolución 148/2016
Bs. As., 15/07/2016
VISTO el Expediente N°
S01:0156633/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, las
Leyes Nros. 24.467 y 25.300, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y
sus modificaciones, y la Decisión Administrativa N° 193 de fecha 16 de marzo de
2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.467 fue
sancionada con el objeto de promover el crecimiento y desarrollo de las
Pequeñas y Medianas Empresas, impulsando para ello polÃticas de alcance general
a través de la creación de nuevos instrumentos de apoyo y la consolidación de
los ya existentes.
Que la Ley N° 25.300 tiene
por objeto el fortalecimiento competitivo de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas que desarrollen actividades productivas en el paÃs, mediante la
creación de nuevos instrumentos y la actualización de los vigentes, con la
finalidad de alcanzar un desarrollo más integrado, equilibrado, equitativo y
eficiente de la estructura productiva.
Que a través del Decreto
N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el
Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta
nivel de SubsecretarÃa del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, asignándole a la
SECRETARÃA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, competencia para
planificar y programar polÃticas y acciones para la promoción de la actividad
emprendedora y de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con sentido federal.
Que dicho decreto
establece entre los objetivos de la SUBSECRETARÃA DE POLÃTICA Y GESTIÓN DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SecretarÃa mencionada precedentemente, el de
analizar la problemática de los sectores y espacios regionales correspondientes
a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de manera tal de identificar las
necesidades tecnológicas, ambientales, de capacitación y asistencia técnica asÃ
como el de asistir en su modernización, reestructuración, reconversión y
reingenierÃa.
Que por el Decreto N° 1 de
fecha 4 de enero de 2016, se establecieron los objetivos para la SECRETARÃA DE
EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN,
asignándole competencia para entender en la aplicación de las normas
correspondientes a los TÃtulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus
modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en
su carácter de Autoridad de Aplicación.
Que por su parte, de
conformidad con lo previsto en la Decisión Administrativa N° 193 de fecha 16 de
marzo de 2016, la Dirección Nacional de Productividad de la Pequeña y Mediana
Empresa dependiente de la SUBSECRETARÃA DE POLÃTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA, tiene entre sus acciones la de asistir a las Pequeñas y
Medianas Empresas in situ, a través de un experto especializado, transmitiendo
conocimiento práctico en la aplicación de soluciones, e interactuar con otras
áreas que tengan como objeto la colaboración y desarrollo de las Pequeñas y
Medianas Empresas, comunicando las inquietudes, para el mejor diseño de las
soluciones.
Que, en ese sentido, la
presente medida pretende efectuar un aporte a la gestión de las Micro, Pequeñas
y Medianas Empresas que, por la naturaleza de sus operaciones, muchas veces no
logra identificar y corregir las debilidades en campos tales como recursos
humanos, comercialización, finanzas, costos, administración, operaciones y
producción, entre otros.
Que en función de ello,
deviene necesario crear e implementar el Programa “Expertos Pymeâ€, como una de
las herramientas más directas y ágiles para acercarse a las empresas y para
ejecutar o poner en marcha un proyecto de mejora en la gestión, previamente
analizado y aprobado.
Que dicha herramienta
tiene como finalidad la transmisión de conocimientos y de experiencia
orientados hacia las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que permitan asistir
a las empresas en temáticas tales como desarrollo de mercados, gestión
empresarial, diseño y mejora de la productividad, transferencia de tecnologÃas,
entre otros.
Que a esos efectos, se
proporcionará a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que asà lo soliciten,
la asistencia técnica y/o los servicios profesionales de un experto quien
deberá estar previamente inscripto en la Base de Datos disponible en la página
Web de la SECRETARÃA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en el
apartado del Programa “Expertos Pymeâ€, cuya operatividad se ha mantenido hasta
la actualidad en razón que se ha producido el alta de técnicos y/o
profesionales vinculados a la asistencia técnica de las Micro, Pequeñas y Mediana
Empresas.
Que la aprobación de los
Términos y Condiciones de Acceso al Programa “Expertos Pyme†resulta
fundamental para lograr el objeto del Programa mencionado.
Que la Dirección Nacional
de Productividad de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la
SUBSECRETARÃA DE POLÃTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA será el
órgano técnico de aplicación y procedimiento en el marco del citado programa.
Que la Dirección de
Presupuesto del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la debida intervención
conforme a sus competencias.
Que la Dirección General
de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se
adopta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 357/02 y sus
modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE EMPRENDEDORES Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
ARTÃCULO 1° — Créase el
Programa “Expertos Pymeâ€, en el órbita de la SECRETARÃA DE EMPRENDEDORES Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, que tendrá como
objetivo facilitar la asistencia in situ a las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas a través de un experto calificado, de conformidad con los términos y
condiciones que se aprueban por medio del ArtÃculo 3° de la presente medida.
ARTÃCULO 2° — Podrán ser
beneficiarias del Programa “Expertos Pyme†aquellas empresas Micro, Pequeñas y
Medianas que se ajusten a los parámetros establecidos por la Resolución N° 24
de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARÃA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÃA, y sus modificaciones.
ARTÃCULO 3° — Apruébanse
los Términos y Condiciones de Acceso al Programa “Expertos Pyme†aplicables
para la presentación de solicitudes de asistencia técnica y/o servicios
profesionales, que como Anexo I, con DIECINUEVE (19) hojas, forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTÃCULO 4° — Apruébase el
modelo de Formulario de Solicitud de Asistencia Técnica que como Anexo II, con
TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente medida.
ARTÃCULO 5° — Convócase a
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas interesadas en participar del Programa
“Expertos Pyme†a presentar la correspondiente solicitud conforme al Formulario
de Solicitud de Asistencia Técnica.
ARTÃCULO 6° — Establécese
que podrán asistir a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en el marco del
Programa “Expertos Pymeâ€, aquellos profesionales que cumplan con los requisitos
fijados en los Términos y Condiciones de Acceso al Programa “Expertos Pymeâ€,
que se aprueban por el ArtÃculo 3° de la presente resolución.
ARTÃCULO 7° — Convócase a
los profesionales interesados en asistir a las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas en el marco del Programa “Expertos Pyme†que cumplan con los
requisitos fijados en los Términos y Condiciones del mencionado programa, que
se aprueban por el ArtÃculo 3° de la presente medida, a presentar la
correspondiente solicitud de inscripción.
ARTÃCULO 8° — Establécese
que los fondos necesarios para el desarrollo del presente programa se
ejecutarán a través de la celebración de un convenio con una Institución de
reconocida trayectoria técnico profesional y con amplia cobertura geográfica,
conforme con los Términos y Condiciones de Acceso al Programa “Expertos Pymeâ€
que se aprueban en el ArtÃculo 3° de la presente resolución.
ARTÃCULO 9° — El gasto que
demande la ejecución del programa creado por el ArtÃculo 1° de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias especÃficas
correspondientes existentes en la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN,
Programa 45 - “Promoción de la Productividad y Competitividad PYMEâ€, Actividad
7 - “Innovación Productiva para las PYMES (Expertos PYME)â€, Servicio Administrativo
Financiero 362.
ARTÃCULO 10. — InvÃtase a
las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a colaborar con la
SECRETARÃA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en la difusión
del presente Programa “Expertos Pymeâ€, a través de sus organismos competentes.
ARTÃCULO 11. —
ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archÃvese. — Dr. MARIANO MAYER, Secretario de Emprendedores y PyME, Ministerio
de Producción.