Detalle de la norma RE-16-2016-GMC
Resolución Nro. 16 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2016
Asunto Emblema del MERCOSUR cuyas características gráficas y combinaciones de colores constan en el Anexo de la Decisión CMC Nº 17/02
Detalle de la norma

RE-16/2016/GMC

 

 

REGLAMENTACIÓN DEL USO DE EMBLEMAS POR LOS ÓRGANOS Y FOROS DE LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL MERCOSUR

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 17/02 del Consejo del Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Decisión CMC Nº 17/02 aprobó los símbolos del MERCOSUR y  autorizó al Grupo Mercado Común (GMC) a reglamentar su uso.

 

Que son símbolos del MERCOSUR el nombre Mercado Común del Sur, la sigla MERCOSUR, el emblema del MERCOSUR y la bandera del MERCOSUR en los idiomas español y portugués.

 

Que los órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR han considerado pertinente crear emblemas propios que los identifiquen.

 

Que, celebrando los 25 años de la firma del Tratado de Asunción, fue creado un emblema conmemorativo del MERCOSUR para ser utilizado durante el año 2016.

 

Que es fundamental mantener la identidad visual del MERCOSUR por medio del uso obligatorio del emblema oficial.

 

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

 

Art. 1 - El emblema del MERCOSUR cuyas características gráficas y combinaciones de colores constan en el Anexo de la Decisión CMC Nº 17/02, es de uso obligatorio por los órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR.

 

Art. 2 - Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, los órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR podrán crear emblemas propios para identificarlos, los cuales estarán sujetos a la aprobación del GMC, previo análisis del SGT Nº 2 “Aspectos Institucionales”.

 

Art. 3 - El emblema del MERCOSUR, creado por la Decisión CMC Nº 17/02, debe siempre ser utilizado en documentos oficiales y en los sitios web de los órganos y de los foros de la estructura institucional del MERCOSUR, junto con eventuales emblemas propios de esas instancias, con el mismo relieve.

 

Art. 4 - Instruir al SGT Nº 2 a analizar los emblemas existentes utilizados por los órganos y foros de la estructura institucional, a fin de verificar su adecuación con la normativa MERCOSUR aplicable.

 

Art. 5 - Durante el año 2016, el emblema conmemorativo del aniversario de los 25 años de la firma del Tratado de Asunción, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución, podrá ser utilizado por los órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR en documentos oficiales y en los respectivos sitios web de esas instancias, junto con el emblema del MERCOSUR creado por la Decisión CMC Nº 17/02 y con los eventuales emblemas propios.

 

Art. 6 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

 

CII GMC – Montevideo, 15/VI/16.

 

ANEXO

 

 

 

 

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DC-17-2002-CMC Emblema del MERCOSUR cuyas características gráficas y combinaciones de colores constan en el Anexo de la Decisión CMC Nº 17/02