RE-16/2016/GMC
REGLAMENTACIÓN DEL
USO DE EMBLEMAS POR LOS ÓRGANOS Y FOROS DE LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL
MERCOSUR
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 17/02 del Consejo del
Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Decisión CMC Nº
17/02 aprobó los símbolos del MERCOSUR y autorizó al Grupo Mercado Común (GMC)
a reglamentar su uso.
Que son símbolos del
MERCOSUR el nombre Mercado Común del Sur, la sigla MERCOSUR, el emblema del
MERCOSUR y la bandera del MERCOSUR en los idiomas español y portugués.
Que los órganos y foros de
la estructura institucional del MERCOSUR han considerado pertinente crear
emblemas propios que los identifiquen.
Que, celebrando los 25
años de la firma del Tratado de Asunción, fue creado un emblema conmemorativo
del MERCOSUR para ser utilizado durante el año 2016.
Que es fundamental
mantener la identidad visual del MERCOSUR por medio del uso obligatorio del
emblema oficial.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - El emblema del
MERCOSUR cuyas características gráficas y combinaciones de colores constan en
el Anexo de la Decisión CMC Nº 17/02, es de uso obligatorio por los órganos y
foros de la estructura institucional del MERCOSUR.
Art. 2 - Sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo anterior, los órganos y foros de la estructura
institucional del MERCOSUR podrán crear emblemas propios para identificarlos,
los cuales estarán sujetos a la aprobación del GMC, previo análisis del SGT Nº
2 “Aspectos Institucionales”.
Art. 3 - El emblema del
MERCOSUR, creado por la Decisión CMC Nº 17/02, debe siempre ser utilizado en
documentos oficiales y en los sitios web de los órganos y de los foros de la
estructura institucional del MERCOSUR, junto con eventuales emblemas propios de
esas instancias, con el mismo relieve.
Art. 4 - Instruir al SGT
Nº 2 a analizar los emblemas existentes utilizados por los órganos y foros de
la estructura institucional, a fin de verificar su adecuación con la normativa
MERCOSUR aplicable.
Art. 5 - Durante el año
2016, el emblema conmemorativo del aniversario de los 25 años de la firma del
Tratado de Asunción, que consta como Anexo y forma parte de la presente
Resolución, podrá ser utilizado por los órganos y foros de la estructura
institucional del MERCOSUR en documentos oficiales y en los respectivos sitios
web de esas instancias, junto con el emblema del MERCOSUR creado por la
Decisión CMC Nº 17/02 y con los eventuales emblemas propios.
Art. 6 - Esta Resolución
no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por
reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
CII GMC – Montevideo,
15/VI/16.
ANEXO