Resolución 106/2016
Energía Eléctrica
de Fuentes Renovables. Convocatoria Abierta. Prórroga.
Bs. As., 13/06/2016
VISTO el Expediente N°
S01:0196327/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, las Leyes
Nros. 26.190 y 27.191, los Decretos Nros. 134 de fecha 16 de diciembre de 2015
y 531 de fecha 30 de marzo de 2016 y la Resolución N° 71 de fecha 17 de mayo de
2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N°
71 de fecha 17 de mayo de 2016 de este MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se
dispuso el inicio del Proceso de Convocatoria Abierta para la contratación en
el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables
de generación, denominado “Programa RenovAr (Ronda 1)”, en orden al
cumplimiento de los objetivos de contribución de fuentes de energía renovable
fijados al 31 de diciembre de 2017, a través de los Artículos 2° de la Ley N°
26.190 y 8° de la Ley N° 27.191.
Que se resolvió someter a
Consulta Pública la versión preliminar del Pliego de Bases y Condiciones de la
Convocatoria Abierta Nacional e Internacional para la Provisión de Energía
Eléctrica a partir de Fuentes Renovables en el Mercado Eléctrico Mayorista,
denominado “PREPLIEGO RenovAr (Ronda 1)”, que fuera remitido a la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para
su publicación.
Que se estableció que el
ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED), cuyas funciones han sido asignadas a
CAMMESA mediante el Decreto N° 1.193 de fecha 17 de julio de 1992, publicara,
sin perjuicio de otros medios, la aludida documentación por el término de
VEINTE (20) días corridos (“Período de Consulta Pública”), durante el cual los
interesados en el proceso que cumplieran con los requisitos establecidos en el
Artículo 3° de la señalada Resolución N° 71/2016, realizaran las observaciones
o sugerencias que entendieran útiles al cumplimiento de los objetivos de
interés público involucrados.
Que ante el vencimiento
del aludido Período de Consulta Pública, se estima necesario y conveniente
determinar su prórroga, en atención al interés que ha generado la convocatoria
en amplios sectores tanto nacionales como del exterior.
Que las facultades para el
dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 9° y 12 de
la Ley N° 27.191, Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Artículo 23 nonies
de la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12 de
marzo de 1992) y sus modificaciones, y los Artículos 5° y 8°, del Anexo I, y 9°
y 12 del Anexo II del Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016.
Por ello,
EL MINISTRO
DE ENERGIA Y MINERIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorrógase
hasta el 1° de julio de 2016 el Período de Consulta Pública de la versión
preliminar del Pliego de Bases y Condiciones de la Convocatoria Abierta
Nacional e Internacional para la Provisión de Energía Eléctrica a partir de
Fuentes Renovables en el Mercado Eléctrico Mayorista denominado “PREPLIEGO RenovAr
(Ronda 1)”, iniciado por Resolución N° 71 de fecha 17 de mayo de 2016 de este
Ministerio.
ARTÍCULO 2° — Notifíquese
la presente a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO
SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).
ARTÍCULO 3° — Comuníquese,
publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Juan J. Aranguren.