Ley 27250
Modificación. Ley
N° 24.240. El proveedor está obligado a suministrar al
consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las
características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las
condiciones de su comercialización.
Sancionada: Mayo 18 de
2016
Promulgada de Hecho: Junio
08 de 2016
El Senado y Cámara de
Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyese
el artículo 4° de la ley 24.240, de Defensa del Consumidor, por el siguiente:
Artículo 4°: Información.
El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y
detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes
y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.
La información debe ser
siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con
claridad necesaria que permita su comprensión. Solo se podrá suplantar la
comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma
expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el
proveedor ponga a disposición.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese
al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES
DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
— REGISTRADA BAJO EL N°
27250 —
FEDERICO PINEDO. — EMILIO
MONZÓ. — Juan P. Tunessi. — Eugenio Inchausti.