Resolución 31/2016
Distribúyese la
cantidad de TRES MIL SEISCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (3.650 t.) del cupo
tarifario de “Pasta de Maní” a EEUU
Bs. As., 27/05/2016
VISTO el Expediente N°
S05:0074698/2015 del Registro del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA, las Resoluciones Nros. 60 del 27 de diciembre de 2007 de la
ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, modificada por su similar N° 80 de fecha
10 de febrero de 2009 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y 492 del 29 de octubre de
2015 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que el cupo tarifario de
“Pasta de Maní” de TRES MIL SEISCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (3.650 t.), para el
año 2016, debe ser distribuido conforme a lo establecido por la Resolución N°
60 del 27 de diciembre de 2007 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, con las
modificaciones introducidas por su similar N° 80 de fecha 10 de febrero de 2009
de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que mediante la Resolución
N° 492 del 29 de octubre de 2015 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA, del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se procedió,
durante el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de octubre de 2015, a la
apertura del Registro para las empresas interesadas en la exportación de “Pasta
de Maní” a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, dentro del cupo tarifario correspondiente
al año 2016.
Que habiéndose cumplido el
plazo establecido por el Artículo 1° de la citada Resolución N° 492/15, se
procedió al cierre del Registro por lo que corresponde efectuar la distribución
entre las empresas inscriptas, detallándose el tonelaje que corresponde a cada
una de ellas en el Anexo que forma parte de la presente medida.
Que como consecuencia de
la modificación de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°
438/92), lo dispuesto por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y de
conformidad con el organigrama de aplicación vigente para la jurisdicción del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA aprobado por el Decreto N° 32 del 7 de enero de
2016, la competencia específica para la administración de los sistemas de las
cuotas de exportación de productos agroalimentarios concedidas por terceros
países se halla dentro la órbita de la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES
dependiente del citado Ministerio.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención
que le compete.
Que la suscripta es
competente para el dictado del presente acto en virtud de las facultades que le
otorga el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 sus modificatorios y
complementarios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE MERCADOS
AGROINDUSTRIALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Distribúyese
la cantidad de TRES MIL SEISCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (3.650 t.) del cupo
tarifario de “Pasta de Maní”, las que podrán ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA a partir del 1 de enero de 2016.
ARTÍCULO 2° — Asígnase a
las empresas que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente medida,
el tonelaje que en cada caso se indica.
ARTÍCULO 3° — Déjase
expresa constancia que la adjudicación a que se refiere la presente resolución,
solo se encontrará consolidada en la medida en que las empresas exportadoras
cumplimenten la totalidad de los requisitos establecidos por la Resolución N°
60 del 27 de diciembre de 2007 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, con las
modificaciones introducidas por su similar N° 80 de fecha 10 de febrero de 2009
de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 4° — La presente
resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Lic. MARISA BIRCHER, Secretaría de Mercados Agroindustriales, Ministerio de
Agroindustria de la Nación.
ANEXO
EMPRESAS EXPORTADORAS
|
TONELADAS
|
ACEITERA GENERAL DEHEZA
S.A. / NIZA S.A
|
2.052 t
|
ARG. DE GRAAF S.A.
|
51 t
|
LORENZATI, RUETSCH Y CIA
S.A. / NUTRIN S.A. / JL S.A.
|
1.193 t
|
LORENZO PERLO Y CIA.
S.A.
|
51 t
|
P.D.M. S.A.
|
51 t
|
PRONUT S.A.
|
51 t
|
PRODEMAN S.A.
|
201 t
|
TOTAL
|
3.650 t
|