Detalle de la norma RE-582-2015-MEFP
Resolución Nro. 582 Ministerio de Economía y de Finanzas Públicas
Organismo Ministerio de Economía y de Finanzas Públicas
Año 2015
Asunto “Programa de Impulso a la Competitividad de Exportadores Dinámicos”
Boletín Oficial
Fecha: 23/07/2015
Detalle de la norma

Resolución 582/2015

 

Créase en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, la Unidad Ejecutora del “PROGRAMA DE IMPULSO A LA COMPETITIVIDAD DE EXPORTADORES DINÁMICOS”.

 

Bs. As., 16/07/2015

 

VISTO el Expediente N° S01:0266671/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, los Decretos Nros. 1.247 de fecha 31 de julio de 2014, 442 de fecha 25 de marzo de 2015, 741 de fecha 5 de mayo de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que conforme el Artículo 1° del Decreto N° 1.247 de fecha 31 de julio de 2014, se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y CINCO MILLONES (U$S 75.000.000), destinado a financiar parcialmente el “PROGRAMA DE IMPULSO A LA COMPETITIVIDAD DE EXPORTADORES DINÁMICOS” que consta de las “Condiciones Particulares de Contratación” integradas por VEINTE (20) cláusulas, de las “Condiciones Generales de Contratación” integradas por TREINTA Y DOS (32) cláusulas y UN (1) Anexo Único.

 

Que por el Artículo 4° de dicho decreto se designó al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS a través de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, como “Organismo Ejecutor” del “PROGRAMA DE IMPULSO A LA COMPETITIVIDAD DE EXPORTADORES DINÁMICOS”, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para su ejecución, conforme a las normas y los procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo aprobado mediante el Artículo 1° del mencionado decreto.

 

Que con fecha 21 de octubre de 2014 se celebró el Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), cuya Cláusula 8°, apartado (i) de las “Condiciones Particulares de Contratación” dispone que, en forma previa al primer desembolso del préstamo, se deberá constituir la Unidad Ejecutora del mencionado Programa.

 

Que mediante el Artículo 2° del Decreto N° 442 de fecha 25 de marzo de 2015 se sustituyó el Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, correspondiente al Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada, dejando conformada la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD.

 

Que a través del Artículo 5° del Decreto N° 442/15 se incorporaron en el Apartado XV —Objetivos— del Anexo II del Artículo 2° del Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios, los objetivos de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD y sus Subsecretarías dependientes del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

 

Que asimismo, a través del Artículo 5° del Decreto N° 442/15 se incorporó en el Apartado XV —Objetivos— del Anexo II del Artículo 2° del Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios, los objetivos de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, entre los cuales se encuentra asistir a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD en la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos de la jurisdicción ministerial y efectuar la evaluación y seguimiento de los aspectos económicos de los planes, programas y proyectos de la jurisdicción ministerial y proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos.

 

Que mediante el Artículo 6° del mencionado decreto se transfirió a la órbita de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO.

 

Que el Artículo 8° del Decreto N° 442/15 explicitó que la transferencia a la que alude el Artículo 6° comprende a la unidad organizativa con sus respectivas responsabilidades primarias, acciones y objetivos, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

 

Que, asimismo, a través del Artículo 10 del Decreto N° 442/15 se estableció que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por el mencionado decreto, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las dependencias.

 

Que conforme el Artículo 2° del Decreto N° 741 de fecha 5 de mayo de 2015, se sustituyen del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios, —Objetivos—, en el Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, los Objetivos de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, y sus Subsecretarías dependientes.

 

Que conforme el Artículo 3° del Decreto N° 741/15 se aprueba la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, de acuerdo con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexo lb, forma parte integrante de dicho decreto.

 

Que conforme el Artículo 4° del Decreto N° 741/15 se aprueba la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, de acuerdo con el Organigrama del Anexo lb y las Acciones que se detallan en Planillas Anexas al mencionado artículo.

 

Que conforme al punto 2 de la Planilla Anexa al Artículo 2° del Decreto N° 741/15 uno de los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA es asistir a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD en lo vinculado a la ejecución, el seguimiento y la evaluación del impacto de las políticas económicas productivas para el desarrollo de sectores, ramas o cadenas de valor de actividades económicas.

 

Que conforme al punto 8 del Anexo II del Decreto N° 741/15, uno de los objetivos de la Dirección Nacional de Coordinación de Políticas Productivas, es realizar el diseño, implementación, evaluación, gestión, ejecución y monitoreo de programas con financiamiento externo o del Tesoro Nacional, tendientes a lograr mejoras en la competitividad y las exportaciones, a través del apoyo a los diferentes sectores productivos y de economías regionales en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA.

 

Que, en función de lo expuesto, resulta necesario crear UNA (1) Unidad Ejecutora, la cual en estricta observancia de las modificaciones institucionales mencionadas precedentemente, actuará en el ámbito de la citada SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD.

 

Que atento a las actividades previstas para la ejecución del Programa, considerando las competencias asignadas a dicha Secretaría, y a efectos de viabilizar la ejecución del mismo, resulta necesario poner a cargo de la Unidad Ejecutora la administración financiera del Programa.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el Artículo 20 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el Decreto N° 1.247/14.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, la Unidad Ejecutora del “PROGRAMA DE IMPULSO A LA COMPETITIVIDAD DE EXPORTADORES DINÁMICOS”.

 

ARTÍCULO 2° — La Unidad Ejecutora del mencionado Programa tendrá a su cargo la administración, coordinación general y ejecución del “PROGRAMA DE IMPULSO A LA COMPETITIVIDAD DE EXPORTADORES DINÁMICOS”, de conformidad con lo previsto en el Modelo de Contrato de Préstamo aprobado por la REPÚBLICA ARGENTINA con la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), y en el marco de lo establecido en el Decreto N° 1.247 de fecha 31 de julio de 2014.

 

ARTÍCULO 3° — Asígnase al Subsecretario de Coordinación Económica la función de Coordinador General de la Unidad Ejecutora del “PROGRAMA DE IMPULSO A LA COMPETITIVIDAD DE EXPORTADORES DINÁMICOS”.

 

ARTÍCULO 4° — Asígnase al Coordinador General, la función de representar a la Unidad Ejecutora ante autoridades gubernamentales y no gubernamentales vinculadas a las tareas encomendadas y la realización de todos aquellos actos orientados a garantizar un adecuado y eficiente desenvolvimiento del Programa.

 

ARTÍCULO 5° — Asígnase al Director Nacional de Coordinación de Políticas Productivas, la función de Coordinador Ejecutivo de la Unidad Ejecutora del “PROGRAMA DE IMPULSO A LA COMPETITIVIDAD DE EXPORTADORES DINÁMICOS”.

 

ARTÍCULO 6° — Asígnase al Coordinador Ejecutivo la instrumentación de todas las acciones que sean necesarias para llevar adelante las actividades del Programa, de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Préstamo, entre ellas, la planificación, administración y ejecución del Programa, de acuerdo a lo establecido en el correspondiente Contrato de Préstamo y Manual de Operaciones. Asimismo, tendrá a su cargo la organización, coordinación, supervisión, monitoreo y evaluación del accionar técnico y operativo del Programa, así como la verificación de su cumplimiento.

 

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-195-2016-MP Relaciona “Programa de Impulso a la Competitividad de Exportadores Dinámicos”