Resolución General 3887/2016
Impuesto al Valor
Agregado. Régimen de retención. Se modifica la Resolución General N° 2.854
Buenos Aires, 20 de Mayo
de 2016.
VISTO la Resolución
General N° 2.854 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada
norma se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado
respecto de las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito
fiscal.
Que atendiendo a razones
de administración tributaria y en virtud del análisis realizado, resulta
aconsejable adecuar los importes previstos en la Resolución General N° 2.854 y
sus modificaciones, a efectos que ellos recuperen su condición de parámetros
representativos de las situaciones que caracterizan.
Que han tomado la intervención
que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de
Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Recaudación y de Servicios al
Contribuyente, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618
de fecha 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase
la Resolución General N° 2.854 y sus modificaciones, en la forma que se indica
a continuación:
1. Sustitúyese en el
inciso b) del Artículo 9° la expresión “...DIEZ MIL PESOS ($ 10.000.-)...”, por
la expresión “...VEINTICUATRO MIL PESOS ($ 24.000.-)...”.
2. Sustitúyese en el
Artículo 12 la expresión “...CIENTO SESENTA PESOS ($ 160.-).”, por la expresión
“...CUATROCIENTOS PESOS ($ 400.-).”.
Art. 2° — Las
disposiciones establecidas por esta resolución general entrarán en vigencia el
día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Art. 3° — Regístrese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Alberto Abad.