Resolución General
3874
Impuestos a las
ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta.
Presentación de declaraciones juradas y pago. Vencimientos en el mes de mayo de
2016. Vencimiento especial.
Bs. As., 06/05/2016
VISTO la Resolución
General N° 3.820, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada
norma se establecieron las fechas de vencimiento general para el año calendario
2016 respecto de determinadas obligaciones, en función de las terminaciones de
la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del responsable.
Que en virtud del objetivo
permanente de este Organismo de facilitar a los contribuyentes y responsables
el cumplimiento —en tiempo y forma— de sus obligaciones fiscales, resulta
oportuno otorgar un plazo especial para la presentación de las declaraciones
juradas y, en su caso, para el pago del saldo resultante de los impuesto a las
ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta, cuyos
vencimientos operan en el mes de mayo de 2016.
Que han tomado la
intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones
Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación y de Servicios al Contribuyente,
y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618
del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyense
las fechas de vencimiento establecidas para el mes de mayo de 2016 por la
Resolución General N° 3.820 para la presentación de las declaraciones juradas
y, en su caso, el pago correspondiente, de los impuestos a las ganancias, sobre
los bienes personales y a la ganancia mínima presunta, conforme se indica en
los cuadros siguientes:
I- IMPUESTO A LAS
GANANCIAS
a) Sociedades,
empresas o explotaciones unipersonales que confeccionen balances comerciales.
Resolución General N° 3.077, Artículo 6°.
TERMINACIÓN C.U.I.T.
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FECHA DE PRESENTACIÓN Y
PAGO
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0 - 1
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Hasta el día 16/05/2016
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2 - 3
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Hasta el día 17/05/2016
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4 - 5
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Hasta el día 18/05/2016
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6 - 7
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Hasta el día 19/05/2016
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8 - 9
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Hasta el día 20/05/2016
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b) Personas
humanas domiciliadas y sucesiones indivisas radicadas, en el país, que tengan
participaciones en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de
diciembre —excepto aquellos cuya participación consista en acciones de empresas
que cotizan en bolsa o mercados de valores—. Resolución General N° 975,
Artículo 7°.
TERMINACIÓN C.U.I.T.
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FECHA DE PRESENTACIÓN
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FECHA DE PAGO
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0 ó 1
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Hasta el día 16/05/2016
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Hasta el día 17/05/2016
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2 ó 3
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Hasta el día 17/05/2016
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Hasta el día 18/05/2016
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4 ó 5
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Hasta el día 18/05/2016
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Hasta el día 19/05/2016
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6 ó 7
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Hasta el día 19/05/2016
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Hasta el día 20/05/2016
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8 ó 9
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Hasta el día 20/05/2016
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Hasta el día 23/05/2016
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II- IMPUESTO SOBRE LOS
BIENES PERSONALES
a) Personas
humanas domiciliadas y sucesiones indivisas radicadas, en el país, que tengan
participaciones en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de
diciembre —excepto aquellos cuya participación consista en acciones de empresas
que cotizan en bolsa o mercados de valores— y responsables sustitutos.
Resolución General N° 2.151. Artículo 6°.
TERMINACIÓN C.U.I.T.
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FECHA DE PRESENTACIÓN
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FECHA DE PAGO
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0 ó 1
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Hasta el día 16/05/2016
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Hasta el día 17/05/2016
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2 ó 3
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Hasta el día 17/05/2016
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Hasta el día 18/05/2016
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4 ó 5
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Hasta el día 18/05/2016
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Hasta el día 19/05/2016
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6 ó 7
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Hasta el día 19/05/2016
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Hasta el día 20/05/2016
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8 ó 9
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Hasta el día 20/05/2016
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Hasta el día 23/05/2016
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b) Responsables
comprendidos en la Resolución General N° 2.151, Artículo 33. Acciones y
participaciones societarias.
TERMINACIÓN C.U.I.T.
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FECHA DE PRESENTACIÓN
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FECHA DE PAGO
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0 ó 1
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Hasta el día 16/05/2016
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Hasta el día 17/05/2016
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2 ó 3
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Hasta el día 17/05/2016
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Hasta el día 18/05/2016
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4 ó 5
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Hasta el día 18/05/2016
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Hasta el día 19/05/2016
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6 ó 7
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Hasta el día 19/05/2016
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Hasta el día 20/05/2016
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8 ó 9
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Hasta el día 20/05/2016
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Hasta el día 23/05/2016
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III-GANANCIA MÍNIMA
PRESUNTA. Resolución General N° 2.011, Artículo 6°
a) Sujetos
de los incisos a) y b) del Artículo 6°.
TERMINACIÓN C.U.I.T.
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FECHA DE PRESENTACIÓN Y
PAGO
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0 ó 1
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Hasta el día 17/05/2016
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2 ó 3
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Hasta el día 18/05/2016
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4 ó 5
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Hasta el día 19/05/2016
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6 ó 7
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Hasta el día 20/05/2016
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8 ó 9
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Hasta el día 23/05/2016
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Art. 2° — Regístrese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Alberto Abad.